Ayudas para el apoyo a mercados, zonas urbanas comerciales, comercio no sedentario y canales cortos de comercialización, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
Primero. – Beneficiarios. 1. Podrán acogerse a las ayudas establecidas en esta orden las siguientes entidades locales: a) Los municipios, representados por sus respectivos ayuntamientos. b) Las provincias e islas a través de las diputaciones provinciales y forales, los cabildos y consejos insulares. c) Las comarcas u otras entidades que agrupen varios municipios, instituidas por…
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