La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 22 de junio de 2022, ha ratificado la calificación de procedencia del despido de un trabajador que, durante su baja médica y a pesar de que estaba contraindicado, fue “cazado” por un detective privado tomándose varias cervezas con alcohol “en cantidades relevantes” con familiares y amigos, por considerar que retrasaba su curación.
El caso
A inicios de julio de 2021, el trabajador, que prestaba servicios como camarero en una cervecería de Pozuelo de Alarcón (Madrid), causó baja médica por incapacidad temporal por trastorno adaptativo mixto ansioso depresivo, con tratamiento farmacológico.
Durante la ingesta de la medicación que le fue prescrita (Escitalopram Qualigen y Lorazepam) estaba contraindicado el consumo de al alcohol al aumentar el riesgo de padecer efectos secundarios graves con grave peligro para la vida o integridad física del paciente.
La empresa contrató los servicios de un detective privado para observar el comportamiento del trabajador durante su baja médica. Llamativamente, durante varios días, el trabajador fue visto acudiendo a varios bares y consumiendo alcohol.
Un día mostraba síntomas de afectación alcohólica llegando a subirse a “caballito” encima de un amigo.
La empresa entregó al trabajador su carta de despido por causas disciplinarias, al simular su enfermedad o realizar actividades incompatibles con su recuperación.
la Sala Cuarta del Tribunal Supremo y advertir que “no toda actividad desarrollada durante la situación de incapacidad temporal es sancionable con el despido”, el TSJ revela que, tomar seis botellines y dos dobles cañas en un mismo día, retrasa el proceso de curación del trabajador, “porque la ingesta de alcohol es incompatible con la toma de medicamentos”.
En definitiva, como el comportamiento del actor “supone realizar una conducta que perturba la curación”, la Sala de lo Social desestima el recurso y vuelve a tildar el despido de procedente.