TRIBUNAL SUPERIOR

📖 Descripción del caso

El Tribunal Supremo (STS 845/2025, de 1 de octubre) ha ratificado la sanción de 150.000 euros impuesta a la empresa SA por obstruir la labor de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS).

La sanción se originó porque la compañía no entregó la documentación requerida en varias ocasiones, en soporte electrónico y dentro de los plazos establecidos. La información solicitada estaba relacionada con las cotizaciones y retribuciones de los empleados, en particular los pagos adicionales por complementos de puesto de trabajo (CPT) y las diferencias de cotización derivadas de la aplicación del convenio vigente.

Además, la Inspección requirió la comparecencia del director de área, quien no acudió, siendo sustituido por otros miembros de la organización. Estos hechos fueron considerados como una obstrucción reiterada a la acción inspectora, tipificada como infracción muy grave en la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS).

El Supremo concluyó que la sanción estaba correctamente motivada y proporcionada, teniendo en cuenta el número de empleados afectados, la reiteración del incumplimiento y el volumen de negocio de la empresa.

🔎 Relevancia de la sentencia

  • El Supremo ratifica que no aportar documentación reiteradamente constituye obstrucción grave y justifica sanciones elevadas.
  • La cuantía de la multa se consideró proporcionada, teniendo en cuenta:
    • Número de empleados afectados.
    • Reiteración del incumplimiento.
    • Volumen de negocio de la empresa

📑 Normativa aplicada

  • Artículo 50.4, letras C y D de la LISOS:
    • Incumplimiento de los deberes de colaboración con la Inspección de Trabajo.
    • No entregar documentación requerida en soporte informático para el control de obligaciones en materia de Seguridad Social.
  • Artículo 11.2 de la Ley Ordenadora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social: regula el deber de colaboración y comunicación de accidentes y enfermedades profesionales

✅ Conclusiones

  • Obstrucción grave: No aportar documentación solicitada por la ITSS, o no comparecer cuando se requiere, constituye una infracción muy grave.
  • Multa elevada: La sanción de 150.000 € se ajusta a lo previsto en la LISOS y refleja la gravedad de la falta de colaboración.
  • Advertencia a empresas: Este fallo refuerza la importancia de cumplir con los requerimientos de la Inspección de Trabajo, ya que la reiteración en el incumplimiento puede derivar en sanciones significativas.
  • Seguridad jurídica: El Tribunal Supremo confirma que las sanciones deben ser proporcionales, pero también ejemplarizantes para garantizar el respeto a la normativa laboral y de Seguridad Social.

📎 Enlace a la sentencia

Puedes consultar la sentencia completa en STS 845/2025, Tribunal Supremo, 1 de octubre de 2025

Deja una respuesta

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.