¿Quién puede solicitar estas subvenciones?
Las empresas con sede social en la Comunitat Valenciana y una plantilla de entre 10 y 49 personas trabajadoras pueden solicitar estas ayudas, siempre que no tengan ya un plan de igualdad aprobado y registrado antes del 1 de enero de 2025.
¿Qué requisitos deben cumplir las empresas solicitantes?
- Estar legalmente constituidas e inscritas en el registro público.
- Tener domicilio social y fiscal en la Comunitat Valenciana.
- Firmar el compromiso de implantar un plan de igualdad.
- No estar incursas en prohibiciones para recibir subvención (sanciones muy graves en seguridad laboral, sanciones por discriminación de género, etc.).
- Estar al corriente en obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
¿Qué documentación se debe aportar junto a la solicitud?
- Programa detallado de actuaciones para llevar a cabo el plan de igualdad.
- Estatutos de la empresa (si procede) y acreditación del representante legal.
- Declaración de ayudas de minimis recibidas.
- Número de cuenta bancaria de la empresa.
- Autorización para verificar datos fiscales y de identidad.
- Declaraciones responsables correspondientes.
- Cualquier documento que acredite los requisitos exigidos.
¿Cómo y dónde se presenta la solicitud?
La solicitud y documentación se presentan telemáticamente en la sede electrónica de la Generalitat Valenciana, siguiendo el plazo indicado en la convocatoria. Las personas físicas no obligadas a medios electrónicos podrán hacerlo en registros físicos de la administración.
¿Cuáles son los gastos subvencionables?
Solo son subvencionables los gastos estrictamente necesarios relacionados con:
- Elaboración del plan de igualdad.
- Diagnóstico negociado con la plantilla.
- Implantación de medidas del plan.
No se subvencionan costos de propio personal, bienes de inversión, equipamiento o mobiliario, ni gastos superiores al mercado.
¿Cuál es la importación máxima de la ayuda?
El importe máximo de la subvención para cada empresa es de 3.000 euros. Solo se concede una ayuda por beneficiario.
¿Qué criterios determinan la concesión de la ayuda?
La concesión sigue un orden de prelación por fecha de presentación, siempre que la solicitud cumpla todos los requisitos y hasta agotar el presupuesto de la convocatoria. Reciben preferencia las empresas situadas en municipios afectados por la dana del 29 de octubre de 2024.
¿Cómo se justifica la ayuda concedida?
Hasta el 30 de noviembre de 2025 debe presentarse:
- Memoria económica justificativa de los gastos.
- Memoria técnica de actividades y objetivos alcanzados.
- Documentación de inscripción en el Registro de Planes de Igualdad.
- Diagnóstico y plan de igualdad elaborados.
¿Cuáles son las obligaciones del beneficiario?
- Realizar el proyecto en el plazo previsto.
- Justificar correctamente los gastos y actividades.
- Mantener contabilidad diferenciada para las acciones subvencionadas.
- Facilitar la comprobación y aportar la documentación necesaria.
- Contratar empresa especializada para el plan de igualdad.
- Dar publicidad y difusión de la subvención recibida, mostrando el logotipo de la Generalitat Valenciana.
¿Qué sucede si no se cumplen los requisitos o plazos?
El incumplimiento puede provocar la pérdida total o parcial de la ayuda, la obligación de reintegrar cantidades y la exigencia de intereses de demora.
Este formato de preguntas y respuestas permite comprender los puntos esenciales para preparar la solicitud de la subvención y cumplir con la normativa vigente.


