Introducción y Contextualización
El Tribunal Supremo ha dictado una Sentencia núm. 418/2025 de fecha 9 de mayo de 2025, permitiendo que ambos progenitores puedan percibir simultáneamente el complemento a la pensión por cuidado de hijos. Esta decisión tiene implicaciones significativas en los ámbitos jurídico y económico, especialmente en relación con la igualdad de género y los derechos de los pensionistas.
El complemento por maternidad por aportación demográfica fue introducido en 2016 para compensar a las mujeres por la brecha en sus pensiones debido a la maternidad. Sin embargo, diversas sentencias, incluyendo las del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), han señalado que la exclusividad de este complemento para las mujeres constituye una discriminación por razón de sexo.
Desarrollo del Tema
a) Puntos clave del caso o normativa
La sentencia del Tribunal Supremo, con ponencia de la magistrada Concepción Rosario Ureste, establece que ambos progenitores pueden percibir el complemento por cuidado de hijos si cumplen con los requisitos establecidos, independientemente de si el otro progenitor ya lo está recibiendo. Anteriormente, la Ley General de la Seguridad Social estipulaba que, en caso de que ambos progenitores tuvieran derecho al complemento, solo lo percibiría aquel con la pensión más baja, lo que podría resultar en la retirada del complemento al otro progenitor.
b) Criterios aplicables y su impacto
El Tribunal Supremo argumenta que denegar el complemento a uno de los progenitores por el hecho de que el otro ya lo percibe es discriminatorio y contrario al principio de igualdad. Esta interpretación judicial refuerza la igualdad de trato entre hombres y mujeres en el ámbito de las pensiones y puede tener un impacto significativo en la economía de los hogares, al permitir que ambos progenitores aumenten sus ingresos por pensión.
c) Problemas frecuentes y desafíos
Uno de los desafíos en la aplicación de esta sentencia es la necesidad de adaptar la normativa vigente para reflejar esta interpretación judicial. Además, es probable que se presenten numerosas reclamaciones por parte de pensionistas que anteriormente fueron denegados el complemento, lo que podría generar una carga adicional para la administración de la Seguridad Social.
d) Jurisprudencia y normativa relacionada
Esta sentencia se enmarca en una serie de decisiones judiciales que han abordado la discriminación por razón de sexo en el acceso al complemento por maternidad. En particular, el TJUE ha dictaminado en varias ocasiones que limitar el complemento a las mujeres constituye una discriminación. La sentencia del Tribunal Supremo refuerza esta jurisprudencia y establece un precedente importante en el derecho español.
Preguntas Frecuentes (FAQ)
¿Cómo afecta esta sentencia a empresas o ciudadanos?
Para los ciudadanos, especialmente los pensionistas, esta sentencia significa que ambos progenitores pueden solicitar y recibir el complemento por cuidado de hijos si cumplen con los requisitos, independientemente de si el otro progenitor ya lo está percibiendo. Para las empresas, aunque no afecta directamente, puede influir en las políticas de igualdad y conciliación laboral.
¿Qué deben hacer los interesados para beneficiarse de esta sentencia?
Los interesados deben presentar una solicitud ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), acreditando que cumplen con los requisitos para recibir el complemento por cuidado de hijos. En caso de que la solicitud sea denegada, pueden recurrir la decisión en vía administrativa y, posteriormente, en vía judicial si es necesario.
¿Cómo pueden evitarse sanciones o conflictos legales?
Es importante que los interesados presenten la solicitud de manera correcta y completa, aportando toda la documentación necesaria. Además, deben estar atentos a los plazos establecidos para presentar recursos en caso de denegación. La asesoría legal puede ser útil para garantizar que se sigan todos los procedimientos adecuados.
Conclusión
La sentencia del Tribunal Supremo del 9 de mayo de 2025 representa un avance significativo en la promoción de la igualdad de género en el ámbito de las pensiones. Al permitir que ambos progenitores perciban simultáneamente el complemento por cuidado de hijos, se corrige una situación de discriminación y se refuerzan los derechos de los pensionistas. Es fundamental que la normativa vigente se adapte para reflejar esta interpretación judicial y que se garantice su aplicación efectiva.
Enlaces a normativa y sentencias relevantes
- Sentencia del Tribunal Supremo del 9 de mayo de 2025: El Supremo permite a los dos padres cobrar a la vez el complemento a la pensión por cuidar de los hijos
- Ley General de la Seguridad Social: Texto consolidado en el BOE
- Sentencia del TJUE de 12 de diciembre de 2019 (asunto C-450/18): Texto completo en EUR-Lex


