La decisión del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (nº 154/2024, de 16 de febrero) sobre la obligación de las empresas de informar por escrito sobre las penalizaciones por incumplimiento del preaviso en caso de baja voluntaria marca un importante precedente en el ámbito laboral. Este fallo tiene implicaciones significativas tanto para empleadores como para trabajadores.
Contexto legal y normativo
El preaviso en caso de baja voluntaria está regulado por el Estatuto de los Trabajadores y los convenios colectivos aplicables. Generalmente, se establece un período de preaviso de 15 días naturales, aunque este plazo puede variar según el convenio colectivo. La novedad radica en la interpretación del Tribunal sobre la obligación de informar explícitamente sobre las consecuencias del incumplimiento.
Según la sentencia del TSJ de Madrid (nº 154/2024, de 16 de febrero) insiste en que la empresa debe haber informado «de forma precisa y concreta» sobre la penalización económica en caso de no respetarse el plazo de preaviso.
Cambios en la interpretación legal
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha determinado que:
- Las empresas deben informar de forma precisa y concreta sobre las penalizaciones económicas por incumplimiento del preaviso.
- Esta información debe proporcionarse por escrito al trabajador.
- Si la empresa no cumple con este requisito, no puede aplicar sanciones económicas por falta de preaviso.
El fallo judicial se basa en la protección de los derechos del trabajador y en la necesidad de garantizar que este sea plenamente consciente de las consecuencias de su decisión. La falta de información escrita se considera una vulneración de estos derechos.
Impacto en trabajadores y empresas
Esta sentencia fortalece los derechos de los trabajadores al exigir transparencia en las condiciones laborales. Para las empresas, implica la necesidad de revisar y actualizar sus políticas de comunicación y documentación laboral.
Según esta sentencia abre la puerta a que muchos trabajadores puedan reclamar cantidades descontadas indebidamente en sus finiquitos.
En este sentido, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha diagnosticado una vulneración de los derechos fundamentales de un trabajador que sufrió una reducción de su finiquito al no informar de que causaba baja voluntaria con dos meses de antelación, como así recogía que debía hacerse el convenio colectivo de aplicación. Así, el Alto Tribunal ha considerado que la sanción de la empresa constituía una vulneración del artículo 8 del Estatuto de los Trabajadores y del artículo 2.1 g) de la Directiva 3533/1991 relativa a la obligación del empresario de informar al trabajador acerca de las condiciones aplicables al contrato de trabajo.
Datos y ejemplos prácticos
En el caso específico juzgado por el Tribunal:
- El convenio colectivo establecía un preaviso de dos meses.
- La empresa redujo un mes de salario del finiquito del trabajador por incumplimiento.
- El Tribunal consideró esta reducción improcedente debido a la falta de información previa por escrito.
La empresa descontó 1.690 euros del finiquito del trabajador, lo que corresponde a 30 días de salario.
Consideraciones importantes
Los trabajadores deben:
- Conocer sus derechos y obligaciones respecto al preaviso.
- Solicitar información por escrito sobre las consecuencias del incumplimiento.
Las empresas deben:
- Revisar sus procedimientos de comunicación.
- Asegurarse de informar por escrito sobre las penalizaciones por falta de preaviso.
- «obligación de informar al trabajador de los elementos sustanciales del contrato de trabajo entre los que se establece los plazos de preaviso de la extinción del contrato por baja voluntaria y las consecuencias derivadas del mismo o de su incumplimiento»
- El Estatuto de Trabajadores también estima que «cuando la relación laboral sea de duración superior a cuatro semanas, el empresario deberá informar por escrito al trabajador, en los términos y plazos que se establezcan reglamentariamente, sobre los elementos esenciales del contrato y las principales condiciones de ejecución de la prestación laboral, siempre que tales elementos y condiciones no figuren en el contrato de trabajo formalizado por escrito», una cláusula que incluye los plazos de preaviso.
Escenarios futuros y tendencias
Es probable que esta sentencia genere:
- Un aumento en la formalización de las comunicaciones empresa-trabajador.
- Mayor atención a los detalles en los contratos y documentos laborales.
- Posibles modificaciones en los convenios colectivos para adaptarse a esta interpretación legal.
- Mayor litigiosidad en casos de descuentos por falta de preaviso, especialmente si no hay constancia de información escrita al trabajador.
Conclusión y recomendaciones
Esta sentencia refuerza la importancia de la comunicación clara y por escrito en las relaciones laborales. Se recomienda a:
- Trabajadores: Solicitar siempre información detallada y por escrito sobre sus condiciones laborales, incluyendo las consecuencias de la baja voluntaria sin preaviso. Estar atentos a posibles descuentos indebidos en el finiquito y reclamar si no se les informó debidamente.
- Empresas: Revisar y actualizar sus políticas de comunicación, asegurándose de informar por escrito sobre todas las condiciones relevantes del contrato laboral, especialmente aquellas que puedan tener consecuencias económicas para el trabajador. Incluir una cláusula específica en el contrato o en un documento aparte que acredite que el trabajador ha sido informado sobre el plazo de preaviso y las posibles penalizaciones.
Esta decisión judicial marca un precedente importante en la protección de los derechos laborales y la transparencia en las relaciones laborales.«La empresa no cumplió con su deber de informar al demandante de las consecuencias que podían recaer sobre él si incumplía el plazo de preaviso previsto en el convenio colectivo de aplicación», dicta la sentencia. Por tanto, la justicia ha dejado sin efecto la posibilidad de que la compañía redujese un mes del finiquito del trabajador ante la decisión irrevocable de causar baja voluntaria.


