1. Introducción
Cuando se produce un despido, es importante comprender cómo se deben tributar las indemnizaciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). En España, existen normativas que establecen las reglas generales y particulares para determinar la tributación de estas indemnizaciones. En este artículo, abordaremos los aspectos clave relacionados con la tributación de las indemnizaciones por despido.
2. Regla general
Por regla general, las indemnizaciones que se perciben en casos de despido o cese están exentas en la cuantía establecida por ley. Según el artículo 7.e de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (LIRPF), la exención se aplica cuando la indemnización está prevista de forma obligatoria en el Estatuto de los Trabajadores (ET), su normativa de desarrollo o la normativa reguladora de la ejecución de sentencias.
3. Indemnizaciones laborales exentas IRPF
El importe de la indemnización por despido exenta tiene como límite la cantidad de 180.000 euros. Esto significa que las indemnizaciones por despido que no superen esa cantidad no deben tributar en el IRPF.(L 36/2011 art.281.2.b).
la DGT ha entendido en varias ocasiones que a esta indemnización, en caso de despido colectivo, para los trabajadores que pasan a la jubilación anticipada no le es aplicable la exención, igual que si fuera una jubilación voluntaria, pues para aplicar la exención se exige que el trabajador quede en situación legal de desempleo (DGT 3-9-03; CV 24-2-09)
4. ¿Qué sucede si el trabajador es contratado nuevamente?
La exención de la indemnización por despido está condicionada a la real y efectiva desvinculación del trabajador con la empresa. Según el artículo 7.e de la LIRPF y el artículo 1 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (RIRPF), se presume que no ha habido desvinculación si, en los tres años siguientes al despido o cese, el trabajador vuelve a prestar servicios a la misma empresa o a otra vinculada.
En estos casos, a efectos tributarios, se considera que no ha existido despido o cese, por lo tanto, el trabajador debe declarar la indemnización que no se computó como ingreso en su momento mediante autoliquidación complementaria.
5. Cuantía máxima de la indemnización por despido
La normativa del IRPF no establece la cuantía máxima de la indemnización por despido, ya que es una cuestión que corresponde al ámbito laboral y a la voluntad de las partes involucradas.
6. Reglas particulares
Además de la regla general, existen reglas particulares para determinados supuestos de despido. A continuación, mencionaremos algunos de los más comunes y cómo se debe tributar en cada caso.
6.1. Extinción del contrato de trabajo por voluntad del trabajador
En estos casos, el trabajador decide extinguir la relación laboral con la empresa debido a alguna de las causas justas previstas en la normativa laboral. A cambio, recibe una indemnización que está exenta del IRPF en la medida en que sea obligatoria y cumpla con los requisitos establecidos en la LIRPF.
Las cuantías de estas indemnizaciones varían según las causas que fundamenten el cese.
6.2. Tributación en caso de despido disciplinario
El despido disciplinario puede tener dos supuestos diferentes:
- Despido procedente: En este caso, se acredita el incumplimiento imputado por el empresario al trabajador, y el empresario no está obligado a abonar ninguna indemnización. Cualquier cantidad que el trabajador perciba por esta causa no tiene carácter indemnizatorio y está sujeta al impuesto.
- Despido improcedente: Si no se acredita el incumplimiento alegado por el empresario y se decide no readmitir al trabajador, se prevé una indemnización de 33 días de salario por año de servicio, con un límite de 24 mensualidades. La indemnización exenta por despido improcedente está sujeta a un límite de 180.000 euros.
6.3. Causas económicas, técnicas, organizativas, productivas o de fuerza mayor
Cuando la extinción del contrato de trabajo se produce por estas causas, la indemnización que tiene derecho a recibir el trabajador varía en función de la normativa laboral. Por lo general, se establece una indemnización de 20 días de salario por año de servicio, con un máximo de 12 mensualidades.
El importe exento de la indemnización varía dependiendo de la fecha en que se produce el despido y de la fecha del contrato laboral.
6.4. ERE y jubilación anticipada
En los casos en que los trabajadores afectados por un Expediente de Regulación de Empleo (ERE) pasan a la jubilación anticipada, existen consideraciones especiales:
- La pensión de jubilación que la Seguridad Social paga al trabajador está sujeta al impuesto.
- La empresa está obligada a pagar una indemnización o complementos a la pensión de la Seguridad Social como consecuencia de la extinción de la relación laboral por causas ajenas al trabajador. En estos casos, la exención de la indemnización no se aplica, ya que se requiere que el trabajador quede en situación legal de desempleo.
17. Conclusiones
En resumen, las indemnizaciones por despido están sujetas a tributación en el IRPF, pero existen exenciones y reglas particulares que determinan su tratamiento fiscal. Por regla general, las indemnizaciones que se perciben en casos de despido o cese están exentas en la cuantía establecida con carácter obligatorio. Sin embargo, es importante tener en cuenta las condiciones específicas de cada caso y consultar a un profesional o asesor fiscal para obtener una orientación adecuada.
18. Preguntas frecuentes
1. ¿Cuál es el límite máximo de indemnización por despido exenta en el IRPF?
El límite máximo de indemnización por despido exenta en el IRPF es de 180.000 euros.
2. ¿Qué sucede si el trabajador es contratado nuevamente después del despido?
Si el trabajador es contratado nuevamente por la misma empresa o por otra vinculada en los tres años siguientes al despido, se considera que no ha existido despido o cese. En este caso, debe declararse la indemnización que no se computó como ingreso en su día mediante autoliquidación complementaria.
3. ¿Cómo tributa la indemnización por despido disciplinario?
En el caso de despido disciplinario, las indemnizaciones están sujetas al impuesto y no tienen carácter indemnizatorio. La tributación dependerá de si el despido es procedente o improcedente.
4. ¿Cuánto tiempo debe transcurrir para que una indemnización por despido sea exenta?
El tiempo que debe transcurrir para que una indemnización por despido sea exenta varía según las circunstancias. En algunos casos, se requiere una desvinculación real y efectiva del trabajador con la empresa durante al menos tres años.
5. ¿Cuáles son las reglas particulares para la indemnización por despido por causas económicas, técnicas, organizativas, productivas o de fuerza mayor?
Las reglas particulares para la indemnización por despido por estas causas varían según la fecha del despido y del contrato laboral. Es importante consultar la normativa laboral y fiscal vigente para determinar el tratamiento específico en cada caso.