La regularización anual es una pieza central del nuevo sistema de cotización por ingresos reales implantado por el Real Decreto‑ley 13/2022, de 26 de julio .
- El RDL 13/2022 establece que las bases mensuales que el autónomo elige durante el año tienen carácter provisional , hasta que, una vez conocidos sus rendimientos netos definitivos del IRPF, se ajustan las bases y cuotas a lo que realmente se debe cotizar (art. 308 LGSS y disp. transitorias).
- La TGSS cruza la información de rendimientos con la Agencia Tributaria y Haciendas Forales para determinar la base de cotización definitiva en cada tramo de ingresos.
Enlace legislación básica:
Guía oficial sobre regularización:
La finalidad es clara: aproximar la cotización de cada autónomo a sus ingresos reales , evitando que quien gane menos pague de más y quien gane más cotice por debajo de lo que le corresponde.
Calendario de regularización del año 2024
Según el Boletín de Noticias RED 12/2025, una vez recibida la información fiscal necesaria, la TGSS prevé:
- Diciembre de 2025
- Desde el 7 de enero de 2026
- Febrero de 2026 (en principio)
- Inicio de la notificación de las resoluciones de regularización de 2024 a los autónomos con tipos:
- Última fase (tras las anteriores)
La TGSS enviará las notificaciones electrónicas a través de Import@ss o la Sede Electrónica, y, en su caso, a representantes autorizados en el Sistema RED.
Tipos de regularización T1–T6: ¿en cuál encajas?
El Boletín RED y los criterios de la Seguridad Social distinguen seis escenarios principales:
- T1 – Base provisional correcta
- T2 – Cotizaste de menos (base provisional inferior a la definitiva)
- T3 – Cotizaste de más (base provisional superior a la definitiva)
- T4 – Derecho a opción de base (DT 6.ª RDL 13/2022)
- Autónomos en regímenes transitorios que pueden optar por una base de cotización superior a la que resultaría de sus rendimientos (por ejemplo, quienes venían cotizando por bases altas y no quieren bajar).
- Recibirán un trámite de opción a partir del 7 de enero de 2026 para decidir si mantienen la base calculada o eligen una superior dentro de los límites establecidos.
- T5 – Sin datos fiscales (sin presentación IRPF o rendimientos no declarados)
- T6 – Períodos no regularizables
Preguntas y respuestas clave
1. ¿Tengo que pedir la regularización o se hace sola?
No hay que solicitarla. La regularización es automática : la TGSS cruza tus rendimientos netos con la AEAT, calcula la base definitiva y te notifica el resultado (a pagar, a devolver o sin cambios).
2. ¿Qué pasa si he pagado más de lo que me correspondía?
En un escenario T3, la Seguridad Social:
- Determina la cuota correcta según tus rendimientos.
- Calcula la diferencia entre lo ingresado y lo debido.
- Te devuelve de oficio ese exceso, normalmente sin que tengas que hacer nada, en el plazo que fije la resolución.
3. ¿Y si he pagado menos?
En un escenario T2, tendrás que ingresar la diferencia de cuotas entre lo pagado y lo que correspondería a tu tramo de ingresos.
- La resolución fijará un plazo para ingresar la deuda, normalmente sin recargos ni intereses si se respeta ese plazo.
- Si no se paga dentro del plazo, podrían generarse recargos e intereses de demora conforme a la normativa general de Seguridad Social.
4. ¿Cómo puedo consultar mi regularización?
A través de Import@ss – Tu área personal de la Seguridad Social:
- Apartado específico “Regularización anual de cuotas”: permite ver el resultado, descargar la resolución y el documento de pago si hay deuda, o los datos de la devolución si procede.
5. ¿Puedo recurrir si no estoy de acuerdo?
Si. Las resoluciones de regularización son actos administrativos y se pueden impugnar mediante recurso de alzada o reclamación previa ante la Seguridad Social en los plazos legales (con carácter general, 30 días desde la notificación, salvo que se prevea otro).
Es recomendable revisar:
- Rendimientos netos que se han tomado en cuenta.
- Periodos regularizables frente a los que deben ser “no regularizables” (tarifa plana, etc.).
- Cálculo de bases y cuotas en cada tramo.
6. ¿Qué implica el trámite T4 de “opción de base”?
Si recibes una notificación T4:
- Significa que, por la Disposición Transitoria 6.ª del RDL 13/2022, puedes optar por seguir cotizando por una base superior a la que te correspondería estrictamente por rendimientos.
- Deberás decidir (en el plazo indicado) si mantienes la base ajustada a tus ingresos o eliges voluntariamente una base más alta (por ejemplo, para mejorar futuras prestaciones), dentro de los límites previstos.
Si no contestas, se aplicará la opción que indique la notificación (habitualmente, la base calculada por rendimientos).
Conclusiones para asesorías y autónomos
- La regularización de 2024 no es una inspección individualizada, sino una operación masiva y automática derivada del sistema por ingresos reales del RDL 13/2022.
- Entre diciembre de 2025 y los primeros meses de 2026, prácticamente todos los autónomos con actividad en 2024 recibirán algún tipo de comunicación (T1–T6), por lo que conviene estar muy atento a la Sede Electrónica e Import@ss.
- Para una consultora como Aserem, este proceso abre un campo importante de acompañamiento: revisar resoluciones, comprobar cálculos, asesorar en el uso del trámite T4, analizar si conviene o no mantener bases altas y, en su caso, interponer recursos cuando los datos fiscales o de cotización no se ajustan a la realidad del cliente.
En última instancia, el mensaje práctico es doble: planifique bien el tramo de cotización durante el año para evitar grandes ajustes, y lea con lupa la resolución de regularización cuando llegue, porque de ella depende tanto de su carga de cuotas pasada como de su estrategia de cotización futura.


