La Sala de Apelación de la Audiencia Nacional ha dictado la Sentencia nº 23/2026

(Recurso 1/2026), resolviendo los recursos interpuestos contra el fallo emitido en julio de 2025 sobre la macrocausa del despacho profesional Nummaria. El caso centra su foco en una elaborada trama societaria diseñada para la elusión fiscal y el ocultamiento de patrimonios.

Below, se resumen los aspectos fundamentales de la resolución judicial, la mecánica del fraude y los pronunciamientos penales más relevantes.

1. El modelo defraudatorio y la estructura «Nummaria»

Según los hechos probados aceptados por la Sala, entre 2010 y 2016 el despacho situado en la calle Juan Bravo de Madrid, dirigido por Obdulio, articuló un complejo entramado de sociedades e instrumentos jurídicos:

  • Sociedades e instrumentos opacos: Se emplearon al menos 22 sociedades españolas, 6 comunidades de bienes, una SICAV, una fundación y diversas mercantiles internacionales (en Reino Unido, Costa Rica, Suiza, Portugal, Panamá o Uruguay).
  • Mecanismo de «caja única» y canalización de rentas: El despacho canalizaba los ingresos de la actividad profesional y de sus clientes hacia entidades sometidas al régimen de atribución o imputación de rentas (Uniones Temporales de Empresas, Comunidades de Bienes y Agrupaciones Europeas de Interés Económico – AEIE).
  • Desplazamiento internacional: La facturación se desviaba a AEIE participadas mayoritariamente por sociedades británicas (Limited), a su vez controladas por mercantiles costarricenses con testaferros, logrando que las rentas generadas en España salieran del país sin tributar.

Objetivo principal: Evitar la tributación real por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), Impuesto sobre Sociedades (IS) e Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), facilitando además el ocultamiento de patrimonios.

2. Condenas principales y ajustes de la Sala de Apelación

El director del despacho (Obdulio)

La Audiencia Nacional confirma la responsabilidad de Obdulio como cerebro e ideólogo de las estructuras, actuando como autor y cooperador necesario de múltiples delitos contra la Hacienda Pública, estafa procesal, falsedad en documento mercantil e insolvencia punible:

  • Revisión en Apelación: La Sala estima parcialmente su recurso declarando la prescripción del delito contra la Hacienda Pública por IVA del ejercicio 2010.
  • Mantenimiento de condenas: Se confirman las condenas por múltiples delitos contra la Hacienda Pública por IRPF e IVA en los ejercicios no prescritos (2010 a 2015 en IRPF y 2011 a 2015 en IVA), acumulando penas de prisión, multas proporcionales a las cuotas defraudadas e indemnizaciones millonarias en concepto de responsabilidad civil.

Clientes conformados

Diversos clientes del despacho que reconocieron los hechos e ingresaron o consignaron importes defraudados alcanzaron acuerdos de conformidad, viéndose aplicadas atenuantes como la de reparación del daño, confesión o dilaciones indebidas:

  • Penas y cuotas: Figuras como Pablo Jesús, Abelardo, Abilio, Landelino, Ruperto, Jaime, Cosme y Florencio aceptaron condenas de prisión (rebajadas sustancialmente) e indemnizaciones solidarias por las cuotas defraudadas en sus respectivos ejercicios e impuestos.
  • Ajustes de cuotas: La Sala de Apelación corrigió a la baja de forma puntual las cuotas definitivas de IRPF imputadas a acusados como Pablo Jesús, Abilio y Landelino para ajustarlas a las periciales ajustadas.

3. Pronunciamientos absolutorios confirmados

El fallo ratifica la absolución libre de diversos procesados al no quedar acreditado que conocieran el carácter ilícito de las estructuras o por no superarse los umbrales de tipicidad penal (120.000 € por ejercicio):

Acusado(s)PronunciamientoRazonamiento principal
Debora y GabrielAbsolución confirmadaLa Abogacía del Estado recurrió la absolución de la actriz y el productor. La Sala desestimó el recurso al no acreditarse que actuaran con conocimiento o dolo respecto al incumplimiento tributario propuesto por el despacho.
MarioAbsolución confirmadaPese a probarse el uso de una estructura fraudulenta en el arrendamiento de inmuebles, no se acreditó que la cuota defraudada superara los 120.000 € en ningún ejercicio.
Organización CriminalAbsolución generalSe desestimó la acusación por el delito de organización criminal para la totalidad de los procesados.

4. Garantías procesales y prueba digital

Uno de los puntos clave analizados en la sentencia de apelación fue la impugnación realizada por la defensa de Obdulio respecto a la cadena de custodia y la prueba digital incautada en los registros del despacho:

  • Validez de las evidencias: La Sala concluye que la discrepancia en los códigos hash alegada por la defensa en copias descargadas de la plataforma Cloud respondía a protocolos de descarga y no a la manipulación de los originales.
  • Copia auténtica: Se confirmó la coincidencia exacta de las huellas digitales entre las actas de entrada y registro y las evidencias custodiadas judicialmente.
  • Jurisprudencia sobre la prueba digital: El tribunal reitera que la ruptura de la cadena de custodia no es un concepto de nulidad automática, sino de fiabilidad, y que en este caso quedó garantizada la integridad e inalterabilidad del material examinado por los peritos de la Agencia Tributaria y de la Policía Nacional

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