¿Qué es y para qué sirve?
La convocatoria de ayudas al establecimiento de personas jóvenes agricultoras y nuevos agricultores tiene por objeto, por una parte, facilitar a los jóvenes y nuevos agricultores su instalación como titulares de
explotaciones agrarias viables, sostenibles y competitivas; y, por otra parte, el rejuvenecimiento y la mejora del nivel de formación de los titulares de las explotaciones.
Este objetivo se materializa mediante la concesión de una ayuda para apoyar la primera instalación en
explotaciones que lleguen a alcanzar la calificación de explotación agraria prioritaria y que los beneficiarios de
la ayuda lleguen a cumplir con los requisitos para ser considerados como agricultores activos y profesionales.
Requisitos
Las personas beneficiarias deben cumplir los siguientes requisitos:
- Edad:
Para la ayuda a personas jóvenes agriculturas: Tener entre 18 y 40 años, inclusive, en el año de
presentación de la solicitud.
Para la ayuda a nuevos agricultores: Tener entre 41 y 56 años, inclusive, en el año de presentación de la
solicitud. - Presentar un plan empresarial según los establecido en artículo 4. 10 de la Orden 9/2025
- Ser titular de una cuenta corriente para el cobro de las ayudas
No estar incursa en ninguno de los supuestos previstos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
4.
No haber iniciado el proceso de instalación en la explotación agraria antes de los 24 meses previos a la
presentación de la solicitud de ayuda, teniendo en cuenta que no se considerará como inicio de
establecimiento la titularidad de explotación de pequeña dimensión de has 0,2 UTA
Personas interesadas
Las ayudas van dirigidas a personas que cumplan con la definición de persona joven agricultora o nuevo
agricultor, que se establezcan por primera vez como titulares de una explotación agraria y que presenten un
plan empresarial que, tras su ejecución, permita que la persona solicitante cumpla los requisitos para ser
considerado persona agricultora profesional y la explotación alcance la dimensión mínima de 1 UTA y sea
calificada como prioritaria.
Observaciones
NOTA: El plazo de presentación de la solicitud de ayuda finalizó el 7 de noviembre de 2025, por tanto,
actualmente se encuentra CERRADO.
El plazo de solicitud que aparece abierto y que abarca desde el 11-05-2026 hasta el 26-10-2026 se refiere a
la solicitud de modificación del plan empresarial inicialmente aprobado.
Enlaces
· Listado de entidades de asesoramiento reconocidas
(https://sede.gva.es/descarregues/2025/07/117560-Entidades_asesoramiento_reconocidas.pdf)
Acceso con autenticación
https://www.tramita.gva.es/ctt-attatr/asistente/iniciarTramite.html?tramite=APD_SUGUS_AGNUE&version=1&idioma=es&idProcGuc=571&id
SubfaseGuc=SOLICITUD&idCatGuc=PR
Enlaces
· [Normativa] Resolución de 30 de junio de 2025, de la Dirección, por la que se convocan ayudas al
establecimiento de personas jóvenes agricultoras y nuevos agricultores de la Comunitat Valenciana en el
marco del Plan estratégico de la política agraria común de España 2023-2027, al amparo de la Orden
9/2025.


