¿Qué es y para qué sirve?
Convocar ayudas en el marco de la intervención 6841.2, la operación Ayudas a inversiones en modernización o mejora de explotaciones agrarias en la Comunitat Valenciana, con el fin de incrementar su competitividad,
viabilidad y sostenibilidad, dando continuidad a la actividad agraria favoreciendo la incorporación de mujeres y jóvenes incluyendo la reestructuración productiva y la recuperación del potencial productivo afectado por
desastres naturales.
Requisitos
Los requisitos generales que deben cumplir los beneficiarios son:
- Edad 18-65 años inclusive
- Ser titular de explotación agraria con la mayor parte de la superficie en C. Valenciana
- Estar inscrita en los registros oficiales (REA, REGA, SIEX)
- Tenga o alcance tras las inversiones una dimensión ≥ 1 UTA
- Ser agricultor activo.
- Presentar un plan empresarial.
- No estar incursa en ninguno de los supuestos previstos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones. - Cumplir lo establecido en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
- Cumplir los requisitos de renta (RUT) establecidos en la orden reguladora según característica de la
explotación. - Estar al corriente de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
- Cumplir lo establecido en el Decreto 279/2004 de integración laboral.
No tener concedida o haber recibido ningún tipo de subvención para la ejecución de las inversiones
solicitadas.
Personas interesadas
Podrán ser beneficiarios agricultores individuales, entidades de titularidad compartida o personas jurídicas,
que cumplan los requisitos para ser calificadas como PYME y cuyo objeto fundamental sea la actividad
agraria, que realicen alguna de las inversiones elegibles en su explotación destinadas a mantener o
incrementar su competitividad y viabilidad a largo plazo y que cumplan el resto de los requisitos establecidos.
Observaciones
Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia competitiva y están cofinanciadas por FEADER, Estado y Generalitat.
Plazo de presentación
Desde: 04/06/2026 hasta: 03/09/2026
El plazo de presentación de las solicitudes de ayudas será de tres meses a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV Núm.
10376 / 03/06/2026).
Forma de presentación
Telemática
Dado que los solicitantes pueden ser tanto personas físicas obligadas a relacionarse con las
administraciones públicas a través de medios electrónicos, en virtud del artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, como personas
jurídicas, sometidas a dicha obligación en virtud del artículo 14.2 de la mencionada ley, la presentación de
solicitudes debe realizarse electrónicamente a través de la sede electrónica de la Generalitat.
Enlaces
· Simulación de Tramitación Telemática en la Generalitat Valenciana (Cl@ve-firma)
(https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=13141)


