empleadas de hogar

1. Introducción

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia ECLI:ES:TSJGAL:2026:853, ha dictado recientemente una resolución de especial interés para el ámbito del empleo del hogar, al confirmar que una trabajadora pierde su derecho a impugnar el despido cuando firma un documento liberatorio con efectos plenos, incluso aunque la extinción del contrato se produzca al día siguiente de reincorporarse de una baja médica de larga duración.

Este pronunciamiento vuelve a situar en el centro del debate la validez de los finiquitos con cláusulas de renuncia, la especial vulnerabilidad de las empleadas de hogar y los límites entre la autonomía de la voluntad y la protección de derechos fundamentales.


2. Antecedentes de hecho

La trabajadora prestaba servicios como empleada de hogar desde febrero de 2023, con un salario mensual de 1.323 euros. El 9 de septiembre de 2024 inició una situación de incapacidad temporal que se prolongó hasta el 5 de marzo de 2025.

El día siguiente a su alta médica, el empleador le comunicó un despido por causas objetivas, alegando que ya no necesitaba sus cuidados. Esta justificación se apoyaba en dos hechos probados:

  • Un hijo del empleador se había prejubilado a finales de 2024, pudiendo asumir las tareas de cuidado.
  • Otra hija había sido declarada en incapacidad permanente absoluta en agosto de 2024.

El 24 de marzo de 2025, la trabajadora firmó un recibo de finiquito por importe de 2.363,84 euros brutos, que incluía indemnización por despido y falta de preaviso. El documento contenía una cláusula liberatoria de amplio alcance:

“Queda completamente liquidada y finiquitada la relación laboral (…) no teniendo nada más que reclamar (…) renunciando expresamente a su reclamación y quedando totalmente resuelta y extinguida a fecha 6 de marzo de 2025”.


3. La reclamación de la trabajadora

Pese a haber firmado el documento, la empleada de hogar presentó demanda por despido ante el Juzgado de lo Social nº 1 de Ourense, alegando:

  • Que el despido al reincorporarse tras una baja prolongada vulneraba su derecho a la indemnidad.
  • Que la extinción carecía de causa real y debía declararse nula o, subsidiariamente, improcedente.

El juzgado desestimó la demanda. La trabajadora interpuso recurso de suplicación ante el TSJ de Galicia.


4. Fundamentos jurídicos del TSJ de Galicia

El Tribunal Superior de Justicia confirma la sentencia de instancia y rechaza el recurso de la trabajadora por una razón esencial:

La firma del documento liberatorio con efectos plenos impide ejercitar la acción de despido.

El tribunal destaca tres elementos:

4.1. Voluntariedad del documento

No se acreditó presión, engaño, error ni vicio del consentimiento. La trabajadora firmó libremente un documento claro y comprensible.

4.2. Alcance liberatorio total

El texto incluía una renuncia expresa a reclamar por cualquier concepto, tanto salarial como indemnizatorio o derivado del contrato.

4.3. Falta de impugnación jurídica del documento

En su recurso, la trabajadora no atacó jurídicamente la validez del finiquito, limitándose a cuestionar el despido.
Para el TSJ, esto es determinante: si no se combate la eficacia del documento, no existe acción para reclamar el despido.


5. ¿Y la baja médica? ¿No es indicio de vulneración de derechos?

El tribunal reconoce la proximidad temporal entre el alta médica y el despido, pero recuerda que:

  • La existencia de un documento liberatorio válido y no impugnado cierra la vía para analizar la posible vulneración de derechos fundamentales.
  • La trabajadora ya había sido indemnizada correctamente conforme a su salario y antigüedad.
  • El empleador aportó una justificación objetiva (cambios en la situación familiar) que no fue desvirtuada.

Por tanto, el TSJ concluye que no procede entrar a valorar la nulidad por discriminación o represalia.


6. Consecuencias prácticas de la sentencia

Este pronunciamiento tiene un impacto relevante en el empleo del hogar:

6.1. El documento liberatorio puede bloquear la acción de despido

Siempre que:

  • Sea claro y comprensible.
  • No exista vicio del consentimiento.
  • Se firme voluntariamente.
  • La trabajadora no impugne su validez.

6.2. La proximidad a una baja médica no basta para anular la renuncia

El tribunal no aprecia indicios suficientes para desplazar la eficacia del documento.

6.3. Refuerza la importancia de impugnar el finiquito

Si la trabajadora hubiera alegado:

  • error,
  • presión,
  • desconocimiento de derechos,
  • o renuncia contraria a derechos fundamentales,

el resultado podría haber sido distinto.


7. Conclusión

El TSJ de Galicia ECLI:ES:TSJGAL:2026:853, establece que una empleada de hogar no puede impugnar su despido cuando ha firmado un documento liberatorio con efectos plenos, incluso aunque la extinción se produzca inmediatamente después de una baja médica.

La sentencia —no firme, susceptible de recurso de casación para unificación de doctrina— subraya la necesidad de analizar con detalle los finiquitos con cláusulas de renuncia, especialmente en colectivos vulnerables como el empleo del hogar.


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