PUBLICADA LA RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL INSTITUTO DE LA JUVENTUD POR LA QUE SE CONCEDEN LAS AYUDAS INJUVE PARA LA CREACIÓN JOVEN AÑO 2025/2026
Injuve convoca las Ayudas Injuve para la Creación Joven 2025-2026.
Las Ayudas Injuve para la Creación Joven consisten en una subvención dirigida a jóvenes creadoras/es de hasta 30 años (hasta 35 años para los proyectos de emprendimiento) para realizar proyectos de investigación, producción, movilidad, emprendimiento y comisariado de la Sala Amadís (sala de exposiciones propia del Injuve) en los ámbitos de las artes escénicas, las artes visuales, el cómic y la ilustración, el diseño, la literatura y la música durante el año 2026.
¿Quiénes pueden solicitar la Ayuda?
Personas físicas, personas jurídicas y agrupaciones de personas físicas, de nacionalidad española o con residencia legal en España, entre 18 y 30 o 35 años.
En los proyectos compartidos entre varias personas, todas deben cumplir con el requisito de edad entre 18 y 30 o 35 años, según corresponda, así como quienes ostenten los cargos directivos en las personas jurídicas que soliciten la Ayuda.
*A las compañías de artes escénicas y los grupos musicales se les exigirá cumplir la edad tanto a la dirección artística, como al cuadro de intérpretes.
¿Qué proyectos pueden solicitar la Ayuda?
Investigación
Estudio, desarrollo, o experimentación teórica o práctica en los ámbitos anteriores.
Líneas de actuación
Los proyectos deben tener proyección suprautonómica, nacional o internacional a través de las siguientes líneas de actuación:
- Emprendimiento: iniciativas de emprendimiento cultural que se inicien o que estén en desarrollo y necesiten un impulso (de 18 a 35 años), hasta 10.000 €.
- Investigación: Estudio, desarrollo, o experimentación teórica o práctica en los ámbitos anteriores, (de 18 a 30 años), hasta 3.000 €.
- Producción de obra: realización de proyectos artísticos con libertad de formato y técnica (de 18 a 30 años), hasta 5.000 €.
- Movilidad de obra producida y/o creadoras/es: circulación de creadoras/es o su obra para participar en exposiciones, festivales, giras, o residencias en los ámbitos nacional o internacional (de 18 a 30 años), hasta 5.000 €.
Comisariado de la Sala Amadís: la Sala Amadís es un espacio dedicado a la exposición en el Injuve y la ayuda se dirige tanto a proyectos expositivos como a la programación de iniciativas de creación en cualquiera de los ámbitos de la convocatoria (de 18 a 30 años), hasta 7.000 €. Las especificaciones técnicas de la sala están disponibles en la web del Injuve: www.injuve.es
Emprendimiento
¿Cómo se presenta la solicitud?
La solicitud consta de:
- Las instancias correspondientes de los anexos adjuntos.
- Dossier del proyecto, incluyendo la descripción y el presupuesto desglosado y el calendario de cómo realizarlo.
- Cartas de aceptación o invitación, en su caso.
- Dossier de trabajos anteriores.
Y deberá presentarse:
- Presentación de solicitudes
- A través de la sede electrónica, si se dispone de DNI digital o certificado digital. Es obligatorio firmar la solicitud para lo que es necesario disponer del programa de autofirma instalado en el dispositivo.
- A través del registro electrónico.
- A través del registro presencial del Injuve o de cualquier administración. El registro del Injuve requiere cita previa a través del teléfono 91 782 76 63.
- A través de las demás vías especificadas en el artículo 5.2 de esta convocatoria.
- Las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y las personas físicas que estén incluidas en las circunstancias indicadas en el art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre están obligadas a presentar la solicitud a través de medios electrónicos.
- Puedes consultar el texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
- Más información en: https://www.injuve.es/ayudas-creacion-joven/noticia/ayudas-injuve-para-la-creacion-joven-2025-2026
Las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y las personas físicas que estén incluidas en las circunstancias indicadas en el art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre están obligadas a presentar la solicitud a través de medios electrónicos.
Información:
Plazo de presentación: del 9 de abril de 2025 al 12 de mayo de 2025
¿DUDAS?
Por favor, contacta con creacioninjuve@injuve.es (de lunes a JUEVES de 9:00 a 17:00 h | VIERNES 9:00 a 14:30 h).
¿PROBLEMAS TÉCNICOS CON LA SEDE ELECTRÓNICA?
Por favor, contacta con sedeelectronica@injuve.es (de lunes a JUEVES de 9:00 a 17:00 h | VIERNES 9:00 a 14:30 h)
Documentos adjuntos:
- Resolución definitiva por la que se conceden las ayudas injuve para la creación joven 2025/2026
- Prórroga de la convocatoria
- Resolución de la convocatoria
- Extracto BOE
- Anexo I.1
- Anexo I.2
- Anexo I.3
- Anexo II.1
- Anexo II.2
- Anexo III
- Anexo IV
- Plano de la Sala
- AYUDA_FAQ
- Admitidos Ayudas Injuve a la Creación Joven


