Hacienda ha decidido retrasar un año la obligatoriedad de Verifactu, de modo que el sistema de verificación de facturas no será exigible hasta 2027 para empresas y autónomos, en lugar de 2026. Esto da más margen a pymes y trabajadores por cuenta propia para adaptarse a los nuevos requisitos de facturación digital.
¿Qué es Verifactu?
Verifactu es el sistema de la Agencia Tributaria que regula cómo deben ser los programas informáticos de facturación utilizados por empresarios y profesionales. Exige que cada factura genere un registro estándar, único, inalterable y accesible para Hacienda, de forma que no pueda manipularse ni borrarse sin dejar rastro, reforzando el control contra el fraude.
Este marco se impulsa a partir de la Ley Antifraude y se aplicará a todos los que usan software de facturación, salvo quienes ya están en el Suministro Inmediato de Información (SII) y los contribuyentes del País Vasco y Navarra, que tienen normativa propia. Quienes sigan facturando de forma manual no estarán sujetos a Verifactu, aunque sí al resto de obligaciones fiscales generales.
Nuevas fechas de entrada en vigor
Inicialmente Verifactu iba a ser obligatorio desde el 1 de enero de 2026 para empresas que tributan en el Impuesto sobre Sociedades y desde el 1 de julio de 2026 para la mayoría de autónomos y pequeñas empresas. Con el real decreto aprobado por el Gobierno, esos plazos se desplazan un año, hasta enero y julio de 2027 respectivamente.
En concreto:
- Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades: obligación desde el 1 de enero de 2027.
- Resto de empresas y autónomos: obligación desde el 1 de julio de 2027.
Según fuentes de Hacienda, la prórroga persigue facilitar la adaptación técnica y organizativa tras constatar que solo una minoría de pymes y autónomos había implementado a tiempo las soluciones compatibles con Verifactu.
¿A quién afecta el retraso?
El aplazamiento afecta a millones de pymes y autónomos que, a partir de 2027, estarán obligados a emitir sus facturas mediante software certificado, generando registros trazables e inalterables. También impacta en empresas que tributan en Sociedades y que ya estaban adaptando sus sistemas para cumplir con la fecha inicial de 2026.
Quedan fuera de la obligación:
- Quienes facturan manualmente (papel u hojas de cálculo sin sistema certificado).
- Empresas y profesionales incluidos en el SII o sometidos a regímenes forales de País Vasco y Navarra, que cuentan con sistemas propios.
Organizaciones de autónomos, como ATA, han recibido el anuncio como un “alivio” frente a la acumulación de trámites y costes tecnológicos, y reclamaban desde hace semanas esta prórroga.
Claves prácticas para pymes y autónomos
Para aprovechar este año extra de margen, resulta recomendable:
- Evaluar el software actual de facturación y confirmar si puede adaptarse a los requisitos Verifactu (registro inalterable, formato estándar, trazabilidad completa).
- Planificar la migración a soluciones certificadas durante 2026, evitando concentrar todos los cambios a última hora antes de 2027.
- Coordinarse con asesorías fiscales o proveedores tecnológicos para garantizar que el sistema genere los registros exigidos y que se conserven en condiciones de seguridad accesibles a la Agencia Tributaria.
Aunque la obligación se retrasa, el objetivo de Hacienda de reforzar el control antifraude y la digitalización de la facturación se mantiene, por lo que resulta prudente que las empresas avancen en la adaptación durante el nuevo plazo.


