Solicitud de Apostilla de Documentos

La Audiencia Nacional ha sentado jurisprudencia sobre un aspecto crucial en el proceso de adquisición de la nacionalidad española por residencia: el requisito de integración no puede cumplirse durante la tramitación del expediente, sino que debe estar acreditado en el momento de presentar la solicitud. Esta interpretación tiene implicaciones directas para solicitantes y profesionales del derecho.

🧾 Fundamento Jurídico

La afirmación de que “la integración pasa por acreditar tener un conocimiento, aun mínimo y básico, del idioma y de la realidad del país del que se quiere ser nacional de cara a la solicitud que se formula” proviene de una resolución de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

La Sala subraya que:

“La falta de este requisito, que no es meramente formal sino sustantivo por cuanto remite a un requisito de este carácter, no puede intentar suplirlo con posterioridad a la solicitud.”

Esto significa que no cabe subsanación posterior: si el solicitante no acredita integración en el momento de presentar la solicitud, la Administración puede denegarla sin requerir subsanación.

❓ Preguntas Clave

🔹 ¿Dónde se regula el procedimiento de nacionalidad por residencia?

En el Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre, que aprueba el Reglamento del procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por residencia. Puedes consultarlo en el BOE:

👉 BOE-A-2015-12047 – Real Decreto 1004/2015

🔹 ¿Qué documentos acreditan la integración?

  • Certificado de superación del examen CCSE (conocimientos constitucionales y socioculturales).
  • Certificado DELE A2 o superior (conocimiento del idioma español), salvo excepciones por nacionalidad o edad.

🔹 ¿Qué implicaciones tiene esta jurisprudencia?

  • No basta con tener residencia legal: la integración debe estar demostrada desde el inicio.
  • No es subsanable: no se puede aportar documentación de integración después de presentar la solicitud.
  • La Administración no está obligada a requerir subsanación: puede denegar directamente.

🧩 Conclusión

Desde una perspectiva jurídica y de asesoría estratégica, esta sentencia refuerza la necesidad de una preparación exhaustiva antes de iniciar el expediente. El solicitante debe contar con todos los requisitos —especialmente los de integración— plenamente acreditados en el momento de presentar la solicitud.

Deja una respuesta

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.