Los trabajadores autónomos que hayan alcanzado la edad legal de jubilación y quieran seguir activos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) cuentan con una ventaja significativa: la exoneración parcial de la cuota de cotización. Esta medida, vigente desde 2023, permite reducir más del 90% de la cuota, reconociendo la contribución prolongada de estos profesionales al sistema de Seguridad Social.
Este artículo explica quiénes pueden beneficiarse, cuáles son las condiciones, el importe a pagar, y la compatibilidad de esta exoneración con la jubilación activa.
Requisitos para acceder a la exoneración
- Tener cumplidos 67 años , o bien 65 años con al menos 38 años y 6 meses cotizados efectivo , sin incluir pagos extra.
- Estar de alta en RETA y continuar trabajando como autónomo.
- No estar percibiendo la pensión de jubilación , es decir, haber decidido retrasar el cobro.
- No estar acogido a la jubilación activa ni percibir ningún tipo de pensión.
Cuota a pagar bajo esta exoneración
Gracias a la exoneración, la cuota se reduce considerablemente y solo cubre contingencias mínimas:
- 1,30% por contingencias profesionales.
- 1,56% por incapacidad temporal (incluido en contingencias comunes).
Esto supone un pago aproximado del 2,86% sobre la base de cotización elegida.
Ejemplo: Si la base mínima de cotización es 960,60 €, el autónomo exonerado pagará unos 27,5 € mensuales, mientras que la Seguridad Social asume la diferencia, que supera los 250 € en cuotas mensuales.
Normativa aplicable y enlaces oficiales
- Artículo 311 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS):
Defina la exoneración de cotización para trabajadores que alcancen la edad de jubilación y decidan continuar activos.
Consulta el artículo 311 LGSS en el BOE - Real Decreto-ley 5/2013, de 15 de marzo:
Establece medidas para favorecer la continuidad laboral y el envejecimiento activo.
Más información en el BOE - Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social:
Regula la compatibilidad de la jubilación y trabajo.
Consulta en el BOE
Compatibilidad con la jubilación activa
- Esta exoneración no es compatible con la jubilación activa , modalidad que permite cobrar parte de la pensión y seguir trabajando, pero obliga a pagar una cuota especial de solidaridad.
- Cuando un autónomo opta por esta exoneración, debe permanecer sin percibir la pensión, es decir, retrasar la jubilación.
Ventajas de seguir trabajando con la exoneración
- Ahorro en la cuota mensual, limpiando la carga económica para el autónomo mayor.
- Incremento en la pensión futura del 4% por cada año completo que se retrase el retiro efectivo.
- Posibilidad de seguir gestionando o trabajando en el negocio sin penalizaciones fiscales o de cotización.
Consejos para autónomos mayores
- Revisar el cumplimiento de los requisitos formales para poder acogerse a la exoneración.
- Valorar la planificación de la jubilación y la conveniencia de retrasar el cobro para mejorar la pensión.
- Consulta al asesor laboral o de Seguridad Social para calcular posibles ahorros y beneficios.
- Solicitar la exoneración oficialmente a través de los canales de la Seguridad Social.
Conclusión
La exoneración de cotización para autónomos mayores de 65 años es una ventana importante para fomentar la continuidad laboral y la mejora de la pensión en España. Este beneficio reconocido en la normativa vigente ofrece un ahorro significativo y acompaña la tendencia hacia un envejecimiento activo y sostenible del colectivo autónomo.
Consulta normativa artículo 311 LGSS en el BOE
Real Decreto-ley 5/2013 en BOE


