Estas deducciones, que se establecieron en ejercicios anteriores, forman parte de la estrategia del Gobierno para fomentar la transición hacia una movilidad sostenible, reducir las emisiones contaminantes y promover la electrificación del parque automovilístico español. Con esta medida, se busca incentivar tanto la adquisición de coches eléctricos como la mejora de la infraestructura doméstica necesaria para su uso.
Además, la norma incluye una aplicación retroactiva desde el 1 de enero de 2025, asegurando que quienes hayan realizado una compra o instalación antes de la entrada en vigor del decreto puedan beneficiarse de estos incentivos fiscales.
1. Deducción por la compra de vehículos eléctricos nuevos
Esta deducción permite a los contribuyentes ahorrar un 15 % en el IRPF sobre el importe pagado por la compra de un vehículo eléctrico nuevo.
Aspectos clave:
- El vehículo debe ser nuevo y estar matriculado antes del 31 de diciembre de 2025.
- Se incluye a los eléctricos puros, híbridos enchufables y los de pila de combustible.
- Límite máximo de base deducible: 20.000 euros.
- Si se realizó un pago anticipado del 25 % o más desde el 28 de junio de 2023, se podrá aplicar la deducción aunque la entrega se produzca dentro de los dos ejercicios fiscales siguientes.
- El vehículo no puede estar afecto a una actividad económica; es decir, debe ser para uso particular.
Esta medida tiene como objetivo incentivar la compra de vehículos menos contaminantes y reducir progresivamente el uso de automóviles de combustión.
2. Deducción por instalación de puntos de recarga en viviendas particulares
La instalación de puntos de recarga domésticos también da derecho a una deducción en el IRPF del 15 % de los gastos realizados, favoreciendo el desarrollo de la infraestructura necesaria para la movilidad eléctrica.
Aspectos clave:
- Límite anual de base deducible: 4.000 euros.
- La instalación debe estar finalizada antes del 31 de diciembre de 2025.
- Los pagos deben realizarse a través de medios bancarios (tarjeta, transferencia, etc.), quedando excluidos los pagos en efectivo.
- El inmueble donde se instale el punto de recarga no puede estar afecto a una actividad económica.
- Se deben cumplir ciertos requisitos técnicos y de seguridad establecidos por la normativa.
Con esta deducción, se busca que los usuarios puedan cargar sus vehículos de manera eficiente y segura, impulsando la adopción del coche eléctrico en España.
3. Efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2025
Aunque la norma se publicó en abril, las medidas tienen efectos retroactivos que se aplican desde el 1 de enero de 2025.
Esto significa que las adquisiciones de vehículos eléctricos y las instalaciones de puntos de recarga realizadas desde el inicio del año podrán beneficiarse de estas deducciones, evitando lagunas normativas y proporcionando seguridad jurídica a los contribuyentes.
Beneficios para los contribuyentes y la sostenibilidad
Estas deducciones no solo suponen un ahorro directo en la declaración de la renta, sino que también fomentan la movilidad eléctrica y la reducción de emisiones. Además, pueden aplicarse de forma combinada: un contribuyente puede beneficiarse tanto por la compra de un coche eléctrico como por la instalación de un punto de recarga, siempre que cumpla con los requisitos establecidos.
Con este incentivo fiscal, el Gobierno busca acelerar el proceso de descarbonización del transporte y facilitar el acceso a la tecnología eléctrica para los ciudadanos.
Aspectos importantes a tener en cuenta
Antes de solicitar estas deducciones, conviene tener presentes las siguientes consideraciones:
- Confirmar que el vehículo adquirido se encuentra en la Base de Vehículos del IDAE y cumple con los requisitos técnicos.
- Guardar toda la documentación, incluidas facturas, justificantes de pago y certificados de instalación, para posibles comprobaciones por parte de la Agencia Tributaria.
- Asegurarse de que tanto la matriculación como la instalación se hayan completado antes del 31 de diciembre de 2025.


