PRESTACION

El Complemento de Apoyo al Empleo (CAE) es una prestación que permite a los beneficiarios de prestaciones contributivas por desempleo compatibilizar el cobro de las mismas con la realización de trabajos a tiempo parcial o completo . Esta medida, que entró en vigor el 1 de abril de 2025, busca facilitar la reintegración laboral de los desempleados ofreciendo un apoyo económico durante la transición al empleo .

Requisitos Generales

Los requisitos para acceder al CAE varían según si la prestación por desempleo se originó antes o después del 1 de abril de 2025 .

Prestaciones Contributivas Nacidas Antes del 1 de Abril de 2025

Para las prestaciones reconocidas antes de esta fecha, los beneficiarios pueden:

  • Compatibilizar con trabajo a tiempo parcial: Desde el inicio, con deducción proporcional del importe según las horas trabajadas
  • Compatibilizar con trabajo a tiempo completo: Solo después de haber devengado los primeros 9 meses de prestación, siempre que la duración total sea de al menos 14 meses

Condiciones Específicas

El beneficiario debe cumplir los siguientes requisitos:

  • La prestación no debe originarse por ERTE o Mecanismo RED
  • Trabajar jornada completa a partir del 1 de abril de 2025
  • No haber trabajado en la misma empresa en los 12 meses anteriores
  • No ser familiar del empresario hasta segundo grado
  • La empresa no debe tener tramitado un ERE en el momento de la contratación

Prestaciones Contributivas Nacidas a Partir del 1 de Abril de 2025

Para las prestaciones reconocidas desde esta fecha, la compatibilidad es automática cuando se cumplen estas condiciones :

  • Duración mínima: La prestación debe ser de al menos 14 meses
  • Período de carencia: Haber devengado los primeros 9 meses de prestación
  • Situación laboral: Iniciar o mantener relaciones laborales a tiempo completo o parcial

Exclusiones

No se puede compatibilizar con :

  • Si has accedido al subsidio por tener suspendida tu relación laboral en virtud de un ERE o del mecanismo RED.
  • Si te contrata una empresa que tenga tramitado expediente de regulación de empleo en el momento de la contratación.
  • Si has trabajado en los últimos doce meses anteriores a la fecha del contrato en la empresa que te contrata.
  • Si eres, cónyuge, ascendiente, descendiente u otro pariente por consanguinidad o afinidad, o en su caso por adopción, hasta el segundo grado inclusive, del empresario o empresaria, o de quien ostente cargos de dirección o sea miembro de los órganos de administración de una sociedad.

Límites Salariales

El salario bruto mensual no puede superar ciertos límites según el período :

  • Hasta 2025: 225% del IPREM (1.350 euros mensuales)
  • A partir de 2026: 375% del IPREM (aproximadamente 2.225 euros mensuales)

Duración y Cuantías

Duración Máxima

El CAE tiene una duración máxima de 180 días (6 meses), independientemente del tipo de jornada laboral . Esta duración está sujeta a:

  • La duración máxima de la prestación contributiva
  • La duración del contrato de trabajo
  • Los días pendientes de percibir del subsidio

Cuantías del CAE

Para subsidios por desempleo, las cuantías varían según el trimestre y tipo de jornada:

TrimestreTiempo CompletoParcial ≥75%Parcial 50-75%Parcial <50%
480 €450 €420 €360 €
360 €300 €270 €240 €
240 €210 €180 €150 €
180 €150 €120 €90 €
5º y sig.120 €90 €60 €30 €

Procedimiento de Solicitud

Plazo de Solicitud

La solicitud debe presentarse en el plazo de 15 días hábiles siguientes al inicio de la relación laboral . Si se presenta:

  • Dentro del plazo: El CAE se percibe desde el inicio de la relación laboral
  • Fuera del plazo: Produce efectos desde la fecha de presentación

Aplicación Automática

Para prestaciones nacidas a partir del 1 de abril de 2025, la compatibilidad se aplica de forma automática sin necesidad de solicitud.

Efectos en la Seguridad Social

Cotizaciones

  • Trabajo a tiempo completo: El SEPE no cotiza a la Seguridad Social 
  • Trabajo a tiempo parcial: El SEPE cotiza reduciendo la base proporcionalmente al tiempo trabajado

Consumo de Días

Durante la percepción del CAE se consumen tantos días de prestación como días percibidos de complemento, independientemente del importe.

Suspensión y Reanudación

Suspensión Voluntaria

Es posible suspender el CAE si no se está interesado en percibirlo, presentando la solicitud correspondiente. La suspensión:

  • Dentro de 15 días: Desde la fecha de efectividad
  • Fuera del plazo: Desde la fecha de solicitud

Reanudación

Solo se puede reanudar el CAE si se contrata para un nuevo trabajo, reconociéndose por el tiempo pendiente de la prestación original 

Obligaciones del Beneficiario

Los beneficiarios deben:

  • Comunicar al SEPE el cese en el trabajo compatible
  • Informar sobre cambios en la jornada laboral
  • Mantener la inscripción como demandante de empleo (excepto en trabajos a tiempo completo)
  • Comunicar cualquier modificación en un plazo de 15 días hábiles

Limitaciones y Restricciones

Límite de Compatibilización

Una vez percibida la duración máxima del CAE, no se puede volver a compatibilizar la misma prestación contributiva, excepto:

  • Prestaciones nacidas antes del 1 de abril de 2025: Sí permiten nueva compatibilización con trabajo a tiempo parcial
  • Prestaciones nacidas a partir del 1 de abril de 2025: No permiten nueva compatibilización

Situaciones Especiales

Si el trabajo que origina el CAE se extingue con situación legal de desempleo sin haber agotado la duración máxima, se puede reanudar la prestación y activar nuevamente el CAE en caso de nueva contratación .

Esta medida representa un avance significativo en la flexibilización del sistema de prestaciones por desempleo, facilitando la transición gradual al mercado laboral mientras se mantiene un apoyo económico decreciente que incentiva la búsqueda de empleo estable.

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