Introducción y Contextualización
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictado una sentencia histórica en fecha 15 de mayo de 2025 (asuntos acumulados C‑623/23 UV y C‑626/23 XXX), en la que concluye que el vigente complemento de brecha de género regulado en el artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS) sigue siendo discriminatorio por razón de sexo, pese a la reforma llevada a cabo en 2021.
Este complemento fue concebido para reducir la desigualdad en las pensiones entre hombres y mujeres, reconociendo el impacto negativo de la maternidad en la carrera laboral femenina. Sin embargo, la evolución jurisprudencial ha evidenciado que tanto su diseño original como su reforma han sido insuficientes y contrarios al principio de igualdad.
Marco Legal Aplicable
- Directiva 79/7/CEE del Consejo, de 19 de diciembre de 1978, sobre la aplicación progresiva del principio de igualdad entre hombres y mujeres en materia de seguridad social.
- Artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS) (Real Decreto Legislativo 8/2015).
- Carta de los Derechos Fundamentales de la UE, arts. 21 y 23.
- Sentencia TJUE de 12 de diciembre de 2019 (C-450/18, W. c/ INSS).
- Sentencia TJUE de 15 de mayo de 2025 (C‑623/23 y C‑626/23) – Texto completo aquí.
Desarrollo del Tema
a) Puntos Clave del Caso
Antecedentes:
- Complemento de maternidad (2016): Dirigido exclusivamente a mujeres con dos o más hijos, aumentando su pensión un 5-15%.
- Sentencia del TJUE de 2019 (C-450/18): Declaró discriminatoria esta medida por excluir a los hombres en igualdad de condiciones.
- Reforma de 2021: Se crea el complemento por brecha de género. Se permite el acceso a padres, pero con un requisito adicional: deben demostrar que su carrera profesional se vio afectada por la paternidad.
- Sentencia del TJUE de 2025 (C-623/23 y C-626/23): Concluye que esta reforma no elimina la discriminación, pues impone condiciones desiguales por sexo.
Demandantes:
- Dos hombres jubilados cuyos hijos nacieron antes de su retiro. Se les denegó el complemento por no cumplir el requisito adicional que no se exige a las mujeres.
Fallo del TJUE:
- El Tribunal concluye que el tratamiento diferenciado entre hombres y mujeres es injustificado, y que la medida española viola el principio de igualdad de trato.
b) Criterios Aplicables y su Impacto
Fundamentos del Tribunal:
- La medida no es proporcional ni está debidamente justificada.
- Establece una presunción automática a favor de las mujeres, sin contemplar debidamente situaciones análogas de los hombres.
Impacto:
- Ciudadanos: Hombres jubilados pueden reclamar el complemento desde 2021, con posible derecho a cantidades atrasadas e indemnización.
- Administración: Obligación de adaptar el marco legal para evitar más condenas por discriminación.
- Sistema judicial: Se prevé un aumento significativo en la litigiosidad social.
c) Problemas Frecuentes y Desafíos
Riesgos:
- Inseguridad jurídica mientras no se reformule el artículo 60 LGSS.
- Reclamaciones retroactivas por discriminación indirecta.
Desafíos de interpretación:
- Determinar cómo acreditar la interrupción profesional por paternidad.
- Establecer un modelo equitativo y neutral para el cálculo y acceso al complemento.
d) Jurisprudencia y Normativa Relacionada
- Sentencia TJUE de 2019 (C-450/18): Primer fallo contra el complemento por maternidad.
- Sentencias de tribunales españoles (2022-2024): Diversos fallos han reconocido el derecho de hombres a percibir el complemento en condiciones de igualdad.
- Sentencia TJUE 2025 (C-623/23 y C-626/23): Consolidación definitiva de que la reforma de 2021 no cumple con la normativa europea.
Encaje en el marco jurídico actual:
- La jurisprudencia europea es clara: toda medida compensatoria debe basarse en situaciones objetivamente comparables, sin privilegios automáticos por sexo.
Preguntas Frecuentes (FAQ)
¿Cómo afecta esta sentencia a empresas o ciudadanos?
- Ciudadanos: Los hombres discriminados pueden reclamar judicialmente. Las mujeres seguirán cobrando el complemento, pero el marco debe ser equitativo.
- Empresas: Aunque no gestionan pensiones, deben actualizar políticas de igualdad y seguir la evolución legal.
¿Qué deben hacer los interesados?
- Presentar solicitud del complemento al INSS.
- En caso de denegación, interponer reclamación administrativa y/o judicial.
¿Cómo evitar conflictos legales?
- El Estado debe reformular el complemento urgentemente.
- Los interesados deben actuar conforme a los plazos legales para preservar sus derechos.
Conclusión
El complemento por brecha de género, tal como está diseñado, no supera el test de igualdad exigido por el TJUE. Las sucesivas reformas no han sido suficientes para cumplir con la Directiva 79/7/CEE. Esta sentencia de mayo de 2025 obliga a España a adaptar su normativa de forma equitativa, garantizando que no existan presunciones automáticas en función del sexo.

