El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha comenzado a enviar mensajes de texto (SMS) a trabajadores en situación de baja médica por incapacidad temporal, informándoles sobre la necesidad de solicitar el pago directo de su prestación. Esta medida busca garantizar que los beneficiarios continúen recibiendo su prestación económica mientras se evalúa su situación médica.
“Hola. El Instituto Nacional de la Seguridad Social está estudiando tu derecho a la Incapacidad Permanente. Hasta que se resuelva, si tienes derecho, puedes seguir cobrando la Incapacidad Temporal, solicítala aquí.”
Contexto Legal y Normativo
La incapacidad temporal está regulada por la Ley General de la Seguridad Social, que establece una duración máxima de 365 días para la baja médica, con posibilidad de prórroga por 180 días adicionales si se prevé una recuperación durante ese periodo. Tras agotar este tiempo, el INSS debe determinar si el trabajador recibe el alta médica o si procede iniciar el trámite para una incapacidad permanente.
Principales Cambios en la Legislación
En enero de 2025, se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el Real Decreto-ley 1/2025, que restablece, con efectos desde el 23 de enero de 2025 hasta el 30 de junio de 2025, la vigencia de las ayudas previstas en los artículos 64 al 70 del Real Decreto-ley 8/2023. BOE
Impacto en Trabajadores y Pensionistas
Estas medidas afectan directamente a los trabajadores en situación de incapacidad temporal, quienes deben estar atentos a las comunicaciones del INSS para asegurar la continuidad en el cobro de sus prestaciones. La recepción del SMS indica la necesidad de realizar gestiones adicionales para no interrumpir el ingreso económico durante el periodo de baja.
- Si el trabajador tiene una sola relación laboral cubierta por el INSS, el mensaje dice: “Hola. El Instituto Nacional de la Seguridad Social está estudiando tu derecho a la Incapacidad Permanente. Hasta que se resuelva, si tienes derecho, puedes seguir cobrando la Incapacidad Temporal, solicítala aquí.”
- Si el trabajador tiene varias relaciones laborales (algunas cubiertas por el INSS y otras por mutuas), el mensaje será: “Hola. El Instituto Nacional de la Seguridad Social está estudiando tu derecho a la Incapacidad Permanente. Tienes trabajos que están cubiertos por el INSS y otros por mutuas. Para cobrar la Incapacidad Temporal cubierta por el INSS, solicítala aquí.”
Datos Numéricos y Ejemplos Prácticos
En 2024, España registró una prevalencia media de 53,3 incapacidades temporales por cada 1.000 asalariados, alcanzando un máximo histórico. Este incremento se atribuye a factores como el envejecimiento de la población activa y las deficiencias en el sistema sanitario.
Consideraciones Importantes para los Afectados
Es esencial que los trabajadores en baja médica mantengan actualizados sus datos de contacto con la Seguridad Social para recibir notificaciones importantes. Además, deben seguir las instrucciones proporcionadas en los SMS para gestionar adecuadamente el cobro de sus prestaciones y evitar interrupciones en los pagos.
Posibles Escenarios Futuros
Se prevé que la Seguridad Social implemente más herramientas digitales para mejorar la comunicación con los beneficiarios y agilizar los trámites relacionados con las prestaciones por incapacidad. Sin embargo, es fundamental que los trabajadores estén informados y cumplan con los procedimientos establecidos para garantizar sus derechos.
Conclusión y Recomendaciones
La iniciativa del INSS de enviar SMS informativos es un paso hacia una comunicación más eficiente con los trabajadores en situación de incapacidad temporal. Se recomienda a los afectados:BOE. Seguridad Social
- Verificar la autenticidad de los mensajes recibidos para evitar posibles fraudes.
- Mantener actualizados sus datos personales en la Seguridad Social.
- Seguir las instrucciones proporcionadas en las comunicaciones oficiales para asegurar la continuidad en el cobro de las prestaciones.
Para más información, los trabajadores pueden consultar el Boletín Oficial del Estado o contactar directamente con la Seguridad Social.

