Reserva de Capitalización
Novedades para el ejercicio 2024
El Real Decreto-ley 4/2024 introdujo cambios significativos en la aplicación de la Reserva de Capitalización, efectivos para períodos impositivos iniciados a partir del 1 de enero de 2024:
- Incremento del incentivo: La reducción en la base imponible aumenta del 10% al 15% del importe del incremento de fondos propios.
- Reducción del plazo de mantenimiento: El período de mantenimiento de los fondos propios se reduce de 5 a 3 años desde el cierre del período impositivo al que corresponde la reducción.
Comparativa de cambios
| Aspecto | Hasta 31.12.2023 | A partir de 01.01.2024 |
|---|---|---|
| Incentivo | 10% del incremento de fondos propios | 15% del incremento de fondos propios |
| Mantenimiento | 5 años | 3 años |
Disposición transitoria para años anteriores
La nueva disposición transitoria 43ª de la LIS establece que el plazo de 3 años también se aplica a incrementos de fondos propios y reservas de capitalización cuyo plazo no hubiera expirado al inicio del primer período impositivo que comience a partir del 1 de enero de 2024.
Tabla de cumplimiento de compromiso
| Fecha de reducción | Mantenimiento hasta | Años de compromiso |
|---|---|---|
| 31.12.2023 | 31.12.2026 | 3 años |
| 31.12.2022 | 31.12.2025 | 3 años |
| 31.12.2021 | 31.12.2024 | 3 años |
| 31.12.2020 | 31.12.2023 | 3 años |
| 31.12.2019 | 31.12.2023 | 4 años |
| 31.12.2018 | 31.12.2023 | 5 años |
Novedades para el ejercicio 2025
Para los períodos impositivos iniciados a partir del 1 de enero de 2025, se modula la reducción en la base imponible según el incremento de la plantilla:
- 20% sin considerar la plantilla
- 23% con incremento de plantilla del 2-5%
- 26.5% con incremento de plantilla del 5-10%
- 30% con incremento de plantilla superior al 10%
El importe de la reducción no puede superar el 20% de la base imponible o el 25% si el INCN es inferior a 1.000.000€.
Otras modificaciones relevantes
Compensación de Bases Imponibles Negativas (BINs)
Se reintroducen límites para grandes empresas a partir de 2024:
- 50% para empresas con ingresos entre 20 y 60 millones de euros
- 25% para empresas con ingresos superiores a 60 millones de euros
Tipos impositivos
- Microempresas (facturación < 1 millón €): 17% hasta 50.000 euros, 20% para el resto
- Empresas de Reducida Dimensión (ERD): reducción progresiva hasta el 20% en 2028
Amortización acelerada
Se permite la amortización acelerada para vehículos eléctricos nuevos adquiridos en 2023, 2024 y 2025, aplicando un coeficiente del doble del coeficiente de amortización lineal máximo.
Tributación mínima
Se mantiene la cuota líquida mínima del 15% de la base imponible para grandes empresas y grupos consolidados, con algunas excepciones.
Conclusión
Estas modificaciones buscan fomentar la capitalización empresarial, el saneamiento de las empresas y adaptar el sistema fiscal a la realidad económica actual, beneficiando especialmente a las pymes y microempresas.


