La  Ley 12/2022, de 30 de junio, ha introducido importantes novedades en el ámbito de los planes de pensiones de empleo, ofreciendo atractivos incentivos fiscales tanto para empresas como para trabajadores. Estas medidas buscan impulsar la previsión social complementaria empresarial.

La Dirección General de Tributos (DGT) ha emitido un nuevo criterio que permite a las empresas deducir en el Impuesto sobre Sociedades las pensiones que pagan a sus administradores.

 

La DGT fundamenta su decisión en el artículo 14.1 de la Ley de Sociedades, que establece la deducibilidad fiscal de los gastos por provisiones y fondos para la cobertura de contingencias similares a las de los planes y fondos de pensiones.

 

Deducción en el Impuesto sobre Sociedades

Una de las principales novedades es la introducción de una deducción del 10% en la cuota íntegra del Impuesto sobre Sociedades (nuevo artículo 38.ter LIS) por las contribuciones empresariales a sistemas de previsión social empresarial. Esta deducción se aplica de la siguiente manera:

  • Para trabajadores con retribuciones brutas anuales inferiores a 27.000 euros: la deducción se aplica sobre la totalidad de las contribuciones empresariales.
  • Para trabajadores con retribuciones brutas anuales iguales o superiores a 27.000 euros: la deducción se calcula sobre la parte proporcional de las contribuciones correspondientes a 27.000 euros.

Esta medida está recogida en el nuevo artículo 38 ter de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.

 

Reducción en las cuotas de la Seguridad Social

Además de los beneficios fiscales, las empresas que realicen aportaciones a planes de pensiones de empleo podrán beneficiarse de una reducción en la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes.

 

El importe máximo de estas contribuciones a las que se aplicará una reducción del cien por ciento es el que resulte de multiplicar por trece la cuota resultante de aplicar a la base mínima diaria de cotización del grupo 8 del Régimen General de la Seguridad Social para contingencias comunes, el tipo general de cotización a cargo de la empresa para la cobertura de dichas contingencias, esto es, el importe máximo de las contribuciones sobre el que se aplicará la reducción (teniendo en cuenta el importe de la base mínima del grupo de cotización 8, con
datos del año 2022) es de 38,89 x 13 = 505,57 x 23,6%= 119,31.


Sobre este importe máximo de contribuciones se aplicará el tipo empresarial de contingencias comunes que corresponda al supuesto concreto (por ejemplo, para Régimen General 119,31 x 23,6% =28,16).

 

Beneficios para los trabajadores

Los trabajadores también se benefician de estas medidas, ya que se han mejorado los incentivos fiscales en el IRPF para la contratación de sistemas de previsión social, especialmente para contribuyentes de rentas medias y bajas.

 

Base de la deducción

  1. Para trabajadores con retribuciones brutas anuales inferiores a 27.000 euros: la base de deducción es la totalidad de las contribuciones empresariales
    1
    4
    .
  2. Para trabajadores con retribuciones brutas anuales iguales o superiores a 27.000 euros: la deducción se aplica sobre la parte proporcional de las contribuciones correspondientes a 27.000 euros
     

Ejemplo de aplicación

Para una empresa que aporta 3.000 euros anuales (250 euros/mes) a un plan de pensiones de empleo:

  1. Trabajador con retribución bruta de 25.000 euros:
    • Base de deducción: 3.000 euros
    • Deducción: 300 euros (10% de 3.000)
  2. Trabajador con retribución bruta de 30.000 euros:
    • Base de deducción: 2.700 euros (27.000/30.000 * 3.000)
    • Deducción: 270 euros (10% de 2.700)
  3. Trabajador con retribución bruta de 40.000 euros:
    • Base de deducción: 2.025 euros (27.000/40.000 * 3.000)
    • Deducción: 202,50 euros (10% de 2.025)
  4. Trabajador con retribución bruta de 60.000 euros:
    • Base de deducción: 1.350 euros (27.000/60.000 * 3.000)
    • Deducción: 135 euros (10% de 1.350)

Impulso a los nuevos planes de pensiones de empleo

La ley introduce dos nuevas figuras para potenciar el segundo pilar del sistema de pensiones:

  1. Fondos de Pensiones de Empleo de Promoción Pública (FPEPP)
  2. Planes de Pensiones de Empleo Simplificados (PPES)

Como se debe retribuir en especie a sus trabajadores mediante uno de estos planes empresariales, tenga en cuenta lo siguiente:

Siendo gasto. Las aportaciones efectuadas al plan de pensiones también serán un gasto deducible en el Impuesto de Sociedades.

No deberá satisfacer ningún ingreso a cuenta del IRPF de los trabajadores.

Deberá declarar las aportaciones anuales al plan a través del modelo 345 . 

 

Entrada en vigor y aplicación

Aunque la Ley 12/2022 entró en vigor el 2 de julio de 2022, la mayoría de las modificaciones fiscales.Esta deducción es aplicable a las contribuciones realizadas a planes de pensiones de empleo, planes de previsión social empresarial, y planes de pensiones regulados en la Directiva (UE) 2016/2341.

 

En conclusión, estas nuevas medidas representan una oportunidad significativa para que las empresas mejoren sus políticas de previsión social, beneficiándose al mismo tiempo de importantes ventajas fiscales. Para los trabajadores, supone una mejora en sus condiciones de ahorro para la jubilación.

 

Para más información, pueden consultar los siguientes enlaces a la legislación relevante:

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