La reciente sentencia del Tribunal Constitucional (TC) aborda una cuestión de gran relevancia en el ámbito del derecho laboral y de la Seguridad Social: la posible inconstitucionalidad de la regulación actual de los permisos por nacimiento y cuidado de menor en familias monoparentales.
Contexto legislativo
La cuestión de inconstitucionalidad se plantea respecto al artículo 48, apartados 4, 5 y 6, del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (LET), aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, en conexión con el artículo 177 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre.
Estos preceptos regulan la suspensión del contrato de trabajo y la correspondiente prestación de la Seguridad Social por nacimiento y cuidado de menor. La normativa actual, tras las modificaciones introducidas por el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, establece un periodo de suspensión de 16 semanas para cada progenitor, siendo intransferible.
Puntos clave de la sentencia
Discriminación hacia el menor en familias monoparentales
El TC considera que la aplicación literal de la normativa vigente podría resultar en un trato discriminatorio hacia los menores nacidos en familias monoparentales, al recibir un tiempo de atención y cuidado significativamente inferior al de los menores en familias biparentales.
Posible discriminación indirecta por razón de sexo
La sentencia plantea la posibilidad de que exista una discriminación indirecta por razón de sexo, ya que, aunque la regulación es aparentemente neutra, afecta de manera desproporcionada a las mujeres, quienes encabezan la gran mayoría de las familias monoparentales (81,1% en 2019 y 81,4% en 2020, según datos del INE).
Interés superior del menor
El TC hace hincapié en el principio del interés superior del menor, reconocido en tratados internacionales como la Convención de Naciones Unidas sobre los derechos del niño y la Carta de los derechos fundamentales de la Unión Europea.
Jurisprudencia reciente
Es importante destacar que la cuestión de inconstitucionalidad se plantea tras la Sentencia del Tribunal Supremo 169/2023, de 2 de marzo, que estableció una interpretación literal de la normativa, descartando la posibilidad de ampliar el permiso en casos de familias monoparentales.
ECLI:ES:TC:2024:140
Preguntas frecuentes
- ¿Qué duración tiene actualmente el permiso por nacimiento y cuidado de menor?
Actualmente, cada progenitor tiene derecho a 16 semanas de permiso, siendo intransferibles. - ¿Por qué se plantea la cuestión de inconstitucionalidad?
Se plantea debido a la posible discriminación hacia los menores en familias monoparentales y la potencial discriminación indirecta por razón de sexo. - ¿Qué implicaciones podría tener una sentencia favorable a la inconstitucionalidad?
Podría llevar a una modificación legislativa que equipare los derechos de las familias monoparentales con los de las biparentales en materia de permisos por nacimiento y cuidado de menor. - ¿Cómo afecta esto a las empresas?
Por el momento, las empresas deben seguir aplicando la normativa vigente. Sin embargo, deben estar atentas a posibles cambios legislativos que puedan derivarse de esta sentencia. - ¿Qué papel juega el principio de interés superior del menor en este caso?
Este principio es fundamental en la argumentación del TC, ya que se considera que la actual regulación podría no estar priorizando adecuadamente las necesidades de los menores en familias monoparentales.

