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¿Cuál es el caso?

Un hombre en Mallorca no tendrá que devolver 16.330 euros que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) le otorgó por error en concepto de subsidio para mayores de 52 años. La decisión proviene del Juzgado de lo Social nº 3 de Palma, que falló a favor del ciudadano en octubre de 2024.

 

¿Qué ocurrió?

El hombre solicitó el subsidio en mayo de 2020, creyendo cumplir con los requisitos de cotización. En ese momento, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) emitió un informe favorable, y el SEPE aprobó la ayuda. Sin embargo, en una revisión posterior, el SEPE descubrió que el solicitante no había acumulado los 2.160 días cotizados exigidos por la Ley General de la Seguridad Social, sino que solo tenía 1.890 días. A raíz de esto, el SEPE demandó la devolución del dinero, pero el tribunal decidió que exigir tal devolución era una carga desproporcionada para el ciudadano.

 

¿Por qué no se le obliga a devolver el dinero?

El juez argumentó que el error se debía exclusivamente a la administración, ya que el beneficiario no actuó de mala fe ni ocultó información. El fallo se basó en dos sentencias clave:

  1. Tribunal Supremo (abril 2024): Estableció que si el error proviene del SEPE, el beneficiario no está obligado a devolver la prestación.
  2. Tribunal Europeo de Derechos Humanos (abril 2024): La devolución de prestaciones en estos casos puede ser desproporcionada, lo que justifica la decisión de eximir al demandado.

 

¿Qué dice la legislación sobre este tipo de errores?

El artículo 274 de la Ley General de la Seguridad Social establece los requisitos para acceder al subsidio para mayores de 52 años, como el mínimo de seis años cotizados (2.160 días). Si bien en este caso se incumplía esta norma, el juez consideró que la demora de más de tres años en la corrección del error administrativo hizo que exigir la devolución fuera excesivo, afectando el derecho del beneficiario a mantener lo recibido.

 

Este caso plantea un precedente importante, subrayando que la administración debe asumir responsabilidad por sus errores, sobre todo cuando ha pasado un tiempo significativo y el beneficiario se encuentra en situación de vulnerabilidad.

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