El Tribunal Supremo (TS) ha establecido un criterio clave respecto a la fecha de aplicación de la reducción de pensiones compensatorias al cónyuge en el IRPF. Este fallo marca un antes y un después en la forma en que se gestionan estas deducciones fiscales. A continuación, te ofrecemos un análisis detallado de esta decisión y te proporcionamos acceso a la legislación pertinente.
Artículo 55. Reducciones por pensiones compensatorias.
Las pensiones compensatorias a favor del cónyuge y las anualidades por alimentos, con excepción de las fijadas en favor de los hijos del contribuyente, satisfechas ambas por decisión judicial, podrán ser objeto de reducción en la base imponible.
Criterio del Tribunal Supremo sobre la reducción de pensiones
El Tribunal Supremo ha aclarado que la reducción en la pensión compensatoria se aplicará a partir de la fecha en la que se dicte la sentencia firme de divorcio o separación. Este criterio es fundamental para entender cómo deben gestionarse estas deducciones en la declaración de la renta.
El Tribunal Supremo se ha pronunciado recientemente en dos sentencias de fecha 22 y 23 de julio de 2023 (ECLI:ES:TS:2024:4251 y ECLI:ES:TS:2024:4248) sobre la aplicación de la reducción en la base imponible del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por el pago de la pensión compensatoria a favor del cónyuge acordada en un convenio regulador de divorcio homologado judicialmente.
Impacto en la Declaración del IRPF
La decisión del TS implica que cualquier reducción de la pensión compensatoria debe reflejarse en la declaración del IRPF del año fiscal correspondiente a la fecha de la sentencia. Es crucial que los contribuyentes estén atentos a este detalle para evitar errores que puedan resultar en sanciones.
Ambas sentencias tienen su origen en un procedimiento de rectificación de las declaraciones del IRPF correspondientes a los ejercicios 2013 y 2014 iniciado por el contribuyente en virtud de las cantidades satisfechas en dichos ejercicios por el pago de la pensión compensatoria a favor de su cónyuge. La Administración tributaria no admitía la rectificación y la correspondiente devolución de ingresos indebidos
El Tribunal Supremo, en su reciente Sentencia de 25 de marzo de 2021, resolución 444/2021, ha determinado que la reducción en la base imposible del IRPF por el pago de pensiones compensatorias (contemplada en el artículo 55 de la Ley del IRPF) no cabe ser aplicada únicamente cuando la aprobación de la pensión se lleva a cabo por resolución judicial sino que también abarca a los supuestos de fijación mediante un convenio regulador formalizado ante el letrado de la Administración de Justicia o el notario, en virtud del régimen de separación o divorcio de mutuo acuerdo.
Acceso a la Legislación y Enlaces al BOE
Para aquellos interesados en profundizar en la normativa, es recomendable consultar la legislación específica disponible en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Puedes acceder a la legislación relacionada y verificar la información directamente en la web del BOE para garantizar que estás siguiendo las directrices más recientes y precisas.
Consulta la legislación en el BOE.
Conclusión
La sentencia del Tribunal Supremo sobre la reducción de pensiones compensatorias es un aspecto crucial que afecta a muchos contribuyentes. Es esencial estar informado y comprender cómo y cuándo se deben aplicar estas reducciones para evitar posibles complicaciones fiscales. Accede a la legislación a través del BOE y asegúrate de que tu declaración de IRPF refleje correctamente cualquier modificación en la pensión compensatoria.

