Arraigo familiar

En un reciente caso ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV), se analizó la legalidad de una práctica empresarial relacionada con el despido objetivo y el disfrute de las vacaciones pendientes durante el período de preaviso. El presente artículo examinará los detalles de este caso y la decisión del tribunal al respecto.

Desarrollo del Caso

La trabajadora en cuestión había prestado servicios para la empresa desde el año 2009 bajo un contrato indefinido. En julio de 2021, la empresa le notificó la extinción de su contrato por causas objetivas de índole económica, ofreciéndole una indemnización correspondiente. Sin embargo, al día siguiente de la entrega de la carta de despido, la empresa también comunicó a la trabajadora que debía disfrutar de las vacaciones pendientes durante el período de preaviso, que era de 15 días.

Posteriormente, se basó en una sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana el 7 de julio de 2022, donde se trató un caso similar. En esta sentencia, se estableció que la imposición del disfrute de vacaciones durante el período de preaviso no respeta las disposiciones legales del artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores.

Consideraciones Jurídicas

El TSJCV determinó que la imposición unilateral del disfrute de vacaciones durante el período de preaviso no estaba en consonancia con las disposiciones legales. Argumentó que el período de preaviso no puede ser considerado como parte del período de vacaciones, ya que el trabajador aún está en activo y sujeto a las obligaciones laborales. Además, la acumulación de derechos durante el período de preaviso, como la licencia retribuida para buscar nuevo empleo, no puede ser superpuesta con el período vacacional.

Fallo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV)

El tribunal concluyó que la empresa no tenía derecho a imponer el disfrute de vacaciones durante el período de preaviso sin el consentimiento del trabajador. En consecuencia, la empresa debía cumplir con el período de preaviso y abonar las vacaciones no disfrutadas.

Conclusión Lex@

En resumen, el TSJCV del 7 de julio de 2022, determinó que la actuación de la empresa no era conforme a derecho al imponer el disfrute de vacaciones durante el período de preaviso en un caso de despido objetivo. Esta decisión resalta la importancia del respeto a las disposiciones legales en materia laboral y la necesidad de acuerdos mutuos entre empleador y trabajador en asuntos como el disfrute de las vacaciones.

Preguntas Frecuentes

  1. ¿Qué es un despido objetivo?

    • Un despido objetivo es una terminación de contrato laboral realizada por el empleador por causas económicas, organizativas, técnicas o de producción.
  2. ¿Cuál es el período de preaviso en un despido objetivo?

    • El período de preaviso en un despido objetivo varía según la antigüedad del trabajador y la legislación laboral aplicable, pero suele ser de al menos 15 días.
  3. ¿Qué establece el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores (ET) sobre el disfrute de vacaciones?

    • El artículo 38 del ET establece que el disfrute de vacaciones debe ser acordado entre las partes o designado por la empresa con dos meses de antelación.
  4. ¿Puede la empresa imponer el disfrute de vacaciones durante el período de preaviso?

    • No, según la legislación laboral, el período de preaviso no puede ser considerado como parte del período de vacaciones, y la empresa no puede imponer el disfrute de vacaciones durante este tiempo sin el consentimiento del trabajador.
  5. ¿Qué acciones puede tomar un trabajador en caso de imposición unilateral de vacaciones durante el período de preaviso?

    • El trabajador puede reclamar ante las autoridades laborales y, si es necesario, presentar una demanda ante los tribunales para hacer valer sus derechos laborales.

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