La reciente publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 28 de marzo de 2024, el Gobierno ha implementado una nueva orden ministerial que afecta a la base mínima de cotización a la Seguridad Social, estableciéndola en 1.323 euros mensuales. Este ajuste, con efectos retroactivos desde el 1 de enero del mismo año, es el resultado de la última subida del salario mínimo interprofesional (SMI) aprobada en febrero. Es importante entender cómo estos cambios impactan a diferentes segmentos de la población laboral.
¿Qué Implica la Nueva Base Mínima de Cotización de 1.323 Euros al Mes?
La modificación de la base mínima de cotización a la Seguridad Social tiene repercusiones directas en varios aspectos del empleo en España. Aquí hay un desglose de lo que implica este cambio:
1. Base Mínima para Trabajadores Según su Categoría Profesional
Menores de 18 años y Ciertos Puestos: Los trabajadores menores de 18 años y aquellos en categorías como peones, oficiales de primera, segunda y tercera, auxiliares administrativos, subalternos, oficiales administrativos y ayudantes no titulados están sujetos a esta nueva base mínima.
Cargos Superiores: Para jefes administrativos y de taller, la base mínima es ligeramente superior, estableciéndose en 1.332,90 euros. Para ingenieros, técnicos, peritos y ayudantes titulados, la base mínima es de 1.532,10 euros, y para ingenieros, licenciados y personal de alta dirección, se sitúa en 1.847,40 euros.
2. Actualización en Otros Sectores Laborales
Trabajadores Agrarios y de Hogar: Las bases y tipos de cotización mínimos para estos sectores también se han ajustado de acuerdo con el SMI.
Socios de Cooperativas de Trabajo Asociado: También se han actualizado las bases mínimas de cotización para estos trabajadores.
3. Contratos Especiales
- Contratos de Formación y Aprendizaje: La cuota de cotización a la Seguridad Social para estos contratos consistirá en una cantidad fija mensual, dividida entre el empleador y el trabajador.
Implicaciones en la Seguridad Social y Otros Beneficios Laborales
Además de la actualización de las cifras, el Gobierno ha especificado cómo estos cambios afectan a la cotización a la Seguridad Social y otros beneficios laborales:
Cotización por Contingencias Comunes: Se han ajustado las cifras de cotización por contingencias comunes para distintos grupos de trabajadores.
Cotización por Contingencias Profesionales: Se han establecido nuevas cuantías para las contingencias profesionales, incluyendo incapacidades temporales y permanentes, así como muerte y supervivencia.
Cotización por Desempleo y Formación Profesional: Se han realizado ajustes en la base de cotización por desempleo y en la cotización al Fondo de Garantía Salarial y por formación profesional.
Prácticas Formativas y Cambios en los Procedimientos Administrativos
Otro aspecto relevante de esta orden ministerial es la actualización de los procedimientos administrativos relacionados con las prácticas formativas:
- Prácticas Formativas Remuneradas y No Remuneradas: Se establece la obligación para las entidades que asuman la condición de empresario de gestionar el alta y la baja, así como de comunicar el número de días de prácticas realizadas.
Conclusiones
La reciente publicación de la normativa el 28 de marzo ha generado un descontento entre los graduados sociales, quienes consideran que vulnera su derecho a la desconexión digital y a la conciliación laboral. Este grupo de profesionales, representados por 17.000 graduados sociales, ha expresado su indignación ante esta situación, que consideran injusta. Exigen un diálogo constructivo con la Administración para alcanzar los objetivos de excelencia, sin comprometer su derecho a la desconexión digital y la conciliación laboral. Las acciones recientes solo enturbian este proceso de negociación, pero confían en que un plan de trabajo bien definido pueda conducir a resultados satisfactorios.