Tabla de Contenidos
- Introducción
- Beneficios del Artículo 38 ter de la Ley 20/2007
- ¿Qué es el primer periodo de tarifa plana?
- Procedimiento para la solicitud de prórroga
- Consideraciones para Trabajadores con Discapacidad o Víctimas de Violencia
- Periodos de aplicación extendidos
- Nuevo servicio en Sistema Red
- Cotización basada en Rendimientos Netos
- Determinación de la base de cotización
- Deducciones y porcentajes especiales
- Tablas de Rendimientos y Bases de Cotización (2023-2025)
- Tabla reducida
- Tabla general
- Declaración de Rendimientos Previstos
- Modificación de base de cotización
- Tarifa Plana para Nuevos Autónomos (2023-2025)
- Cuota reducida durante los primeros 12 meses
- Posibilidad de solicitud de cuota reducida adicional
- Bonificaciones Especiales (2023)
- Cuidado de menores afectados por enfermedad grave
- Bonificación por reincorporación de trabajadoras autónomas
- Información Adicional y Recursos
- Guía de trabajo autónomo
- Simulador de cuotas 2023
Introducción
En el dinámico escenario de los trabajadores autónomos en España, es esencial comprender las opciones disponibles para optimizar la cotización. En este artículo, exploraremos las disposiciones clave del artículo 38 ter de la Ley 20/2007, abordando beneficios, consideraciones especiales y las últimas novedades en las normativas de cotización.
Beneficios del Artículo 38 ter de la Ley 20/2007
¿Qué es el primer periodo de tarifa plana?
El artículo 38 ter brinda a los autónomos la oportunidad de disfrutar de un periodo inicial de tarifa plana, seguido por la posibilidad de aplicar una cuota reducida durante los siguientes doce meses. Analizaremos el proceso para solicitar la prórroga y las condiciones necesarias.
Los trabajadores autónomos que se encuentren disfrutando del primer periodo de tarifa plana, transcurrido dicho período, podrán aplicarse una cuota reducida durante los siguientes doce meses naturales completos, cuando declaren que sus rendimientos económicos netos anuales sean inferiores al SMI anual vigente durante los años naturales que abarque el período de prórroga del beneficio.
La solicitud deberá realizarse antes del inicio del período de prórroga. Con la citada solicitud, el trabajador autónomo declara que los rendimientos económicos netos que prevé obtener serán inferiores al salario mínimo interprofesional vigente durante los años naturales en que se aplique la cuota reducida.
Consideraciones para Trabajadores con Discapacidad o Víctimas de Violencia
Cuando los trabajadores autónomos tengan un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, o sean víctimas de violencia de género o víctimas de terrorismo, los periodos de aplicación de la cuota reducida, serán respectivamente, de 24 meses naturales completos y de 36 meses naturales completos.
Una vez solicitada la prórroga de aplicación de la reducción, prevean que van a obtener rendimientos económicos netos superiores al salario mínimo interprofesional vigente durante los siguientes doce meses naturales completos siguientes al primer año de disfrute del beneficio, se podrá solicitar, asimismo a través de este mismo Servicio, la renuncia expresa a su aplicación, la cual tendrá efectos a partir del día primero del mes siguiente al de la comunicación de la renuncia correspondiente.
Periodos de aplicación extendidos
Para aquellos con discapacidad o víctimas de violencia, el artículo 38 ter establece periodos extendidos de aplicación de la cuota reducida. Descubriremos cómo aprovechar estos beneficios y el nuevo servicio en Sistema Red para facilitar el proceso de solicitud.
Cotización basada en Rendimientos Netos
Determinación de la base de cotización
Exploraremos cómo los trabajadores autónomos deben cotizar en función de sus rendimientos netos anuales, teniendo en cuenta diversas consideraciones. Detallaremos las deducciones y porcentajes especiales aplicables.
Tablas de Rendimientos y Bases de Cotización (2023-2025)
Tabla reducida
Presentamos las tablas de rendimientos y bases de cotización para los próximos tres años, destacando los tramos y límites para las categorías de rendimientos netos.
Tabla general
Examinamos los tramos y límites adicionales establecidos en la tabla general, proporcionando una visión completa de las opciones de cotización para los autónomos.
Declaración de Rendimientos Previstos
Los autónomos pagarán en 2024 cuotas mensuales de 225 a 530 euros y estarán obligados a presentar la Renta
Tarifa Plana para Nuevos Autónomos (2023-2025)
Cuota reducida durante los primeros 12 meses
Durante el periodo 2023-2025, los nuevos autónomos pueden solicitar una cuota reducida durante los primeros 12 meses. Detallamos el proceso y las condiciones para aprovechar esta ventaja.
Posibilidad de solicitud de cuota reducida adicional
Exploramos cómo, después de los primeros 12 meses, los autónomos pueden solicitar una cuota reducida adicional si prevén rendimientos inferiores al salario mínimo interprofesional.
Bonificaciones Especiales
Cuidado de menores afectados por enfermedad grave
Las personas autónomas que cuiden de menores afectados por enfermedad grave pueden disfrutar de una bonificación especial. Analizamos los detalles y requisitos para acceder a este beneficio.
Bonificación por reincorporación de trabajadoras autónomas
Trabajadoras autónomas que reincorporan su actividad dentro de los dos años siguientes al cese por motivos familiares obtienen una bonificación. Exploramos cómo aplicar y disfrutar de esta ventaja.
Información Adicional y Recursos
Guía de trabajo autónomo
Recomendamos la Guía Práctica de Trabajo Autónomo como recurso integral para comprender el nuevo sistema de cotización en 2023.
Simulador de cuotas 2023
Accede al simulador disponible en Importass para calcular la cuota correspondiente al año 2023 en base a los rendimientos netos previstos.
Los autónomos pagarán en 2024 cuotas mensuales de 225 a 530 euros y estarán obligados a presentar la Renta
El despliegue del nuevo sistema de cotización de autónomos en función de sus ingresos reales continuará desarrollándose en 2024, en el que los trabajadores por cuenta propia pagarán a la Seguridad Social cuotas mensuales que irán desde los 225 a los 530 euros, dependiendo de sus rendimientos netos.