Índice de Contenidos
- Incapacidad Temporal (IT): Baja por menopausia y otras situaciones especiales
- Prestaciones y pensión de Orfandad (Violencia de género y orfandad absoluta)
- Pensión de Viudedad en parejas de hecho
- Cuidado de menores con cáncer o enfermedad grave (Prestación CUIDME)
- Fondo de Garantía del Pago de Alimentos
- Indemnizaciones a Víctimas del Terrorismo
- Protección frente a Situaciones Catastróficas extraordinarias
Resumen Detallado de Real Decreto-ley 31/2026
1. Incapacidad Temporal (IT) y Baja por Menopausia
- Novedad de la baja por menopausia: Se introduce un nuevo supuesto especial de Incapacidad Temporal por contingencias comunes para la mujer trabajadora en caso de patología limitante por trastorno menopáusico secundario codificado a tal efecto, mientras reciba asistencia sanitaria del Servicio Público de Salud y esté impedida para trabajar.
- Sin periodo de cotización previa: Para acceder a esta baja especial por trastorno menopáusico no se exigen periodos mínimos de cotización previa.
- Cobro y pago del subsidio: La prestación económica equivale al subsidio de IT por contingencias comunes y corre a cargo de la entidad gestora o colaboradora desde el día siguiente al de la baja médica (el empresario debe abonar el salario íntegro del primer día).
- Efectos: Las medidas en materia de IT entrarán en vigor y producirán efectos a partir del primer día del segundo mes siguiente a su publicación.
- Otras IT especiales reguladas: También se reordenan y regulan otras situaciones especiales como la menstruación incapacitante secundaria, la interrupción del embarazo, la gestación desde la semana 39, la donación de órganos y las lesiones derivadas de violencia de género.
2. Pensión y Prestaciones de Orfandad
- Incremento cuantía por Violencia de Género: En los casos en que el fallecimiento de la madre se haya producido por violencia contra la mujer o violencias sexuales, el importe mínimo mensual de la pensión o prestación de orfandad se fija en el doble del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) mensual vigente.
- Mantenimiento del derecho tras adopción: Si los hijos o hijas huérfanos a causa de violencia contra la mujer son adoptados con posterioridad, mantendrán el derecho a seguir percibiendo la pensión o prestación de orfandad.
- Equiparación a Orfandad Absoluta:
- Se asimila formalmente a orfandad absoluta la situación del huérfano de un solo progenitor conocido.
- Se presume orfandad absoluta en casos de abandono familiar por el progenitor supérstite cuando la tutela o acogimiento del menor se otorgue a terceros debido a violencia contra la mujer.
3. Pensión de Viudedad en Parejas de Hecho
- Flexibilización de requisitos: Se eliminan exigencias formales (como la inscripción previa de 2 años en un registro de parejas de hecho o escritura pública) cuando existan hijos en común, bastando con acreditar mediante empadronamiento la convivencia estable e ininterrumpida de al menos dos años anteriores al fallecimiento.
4. Cuidado de Menores con Cáncer o Enfermedad Grave
- Corresponsabilidad: Permite que ambos progenitores o cuidadores perciban la prestación por reducción de jornada de forma simultánea o alternativa.
- Ampliación de edad: La prestación se extiende hasta los 23 años, hasta los 26 años (si existe discapacidad mayor o igual 65% ), e incluso más allá de los 26 años de forma excepcional si se acredita una discapacidad mayor o igual 65% o grado III de dependencia con convivencia continuada.
5. Fondo de Garantía del Pago de Alimentos
- Mayor cobertura: Se eleva la cuantía máxima del anticipo mensual por impago de alimentos a 300 euros por beneficiario.
- Acceso y límites: Se ajustan los límites de ingresos según el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) y se reduce a 2 años el requisito de residencia previa para menores extranjeros no comunitarios.
6. Indemnizaciones a Víctimas del Terrorismo
- Se fija como importe mínimo de las pensiones extraordinarias por terrorismo el doble del SMI.
- Se posibilita solicitar ayudas complementarias de equiparación indemnizatoria (hasta 500.000 € por fallecimiento) cuando hayan transcurrido 5 años del delito sin sentencia penal con indemnización firme.
7. Situaciones Catastróficas
- Se establece con carácter permanente la posibilidad de asimilar a contingencia profesional las prestaciones de la Seguridad Social cuando el hecho causante derive de una catástrofe extraordinaria.


