📌 Introducción
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias Nº de Recurso: 419/2026 ha dictado una sentencia 853/2026 de enorme relevancia para el Derecho Laboral y la protección de los derechos fundamentales en el ámbito de la empresa. En ella declara nulo un despido disciplinario basado en una investigación privada realizada por detectives y en un uso irregular de datos médicos de la trabajadora. Además, el tribunal ordena trasladar la sentencia a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, un gesto poco habitual que evidencia la gravedad de las vulneraciones detectadas.
Esta resolución se ha convertido en un referente jurisprudencial para todos los profesionales del ámbito laboral, especialmente en casos de despidos por supuesta simulación de enfermedad, vigilancia empresarial y tratamiento de datos sensibles.
🧾 Resumen del caso: una trabajadora vigilada por detectives y expuesta en su intimidad médica
La trabajadora, empleada desde 2017 y diagnosticada de esclerosis múltiple primaria progresiva, se encontraba en situación de incapacidad temporal cuando la empresa decidió intensificar el control sobre su estado de salud. Entre las actuaciones realizadas destacan:
- La médica de empresa acompañó a la trabajadora a una consulta neurológica en el hospital público.
- Se propuso una reunión “a tres bandas” para comentar su situación médica, sin base legal ni consentimiento válido.
- La empresa contrató detectives privados, que iniciaron la vigilancia en el mismo lugar y momento en que la trabajadora había quedado con la médica del servicio de prevención.
- Finalmente, la empresa la despidió por supuesta simulación de enfermedad.
El TSJ considera que estas actuaciones constituyen una intromisión ilegítima en la intimidad, un tratamiento ilícito de datos de salud y una vulneración de derechos fundamentales.
⚖️ Fundamentos jurídicos: por qué el despido es nulo
1. Discriminación por enfermedad
El tribunal concluye que el despido disciplinario se basa en la enfermedad de la trabajadora, lo que vulnera el artículo 14 de la Constitución y la doctrina consolidada del Tribunal Supremo sobre discriminación por enfermedad grave.
2. Prueba de detectives declarada ilícita
La vigilancia se inicia exactamente en el lugar y hora donde la trabajadora tenía cita con la médica de empresa. Esto revela una filtración de datos médicos y una coordinación irregular entre el servicio de prevención y la investigación privada. La prueba se obtiene vulnerando derechos fundamentales, por lo que el tribunal la expulsa del proceso.
3. Uso indebido de datos médicos
La empresa accedió, trató y compartió información sanitaria sin cumplir los requisitos del RGPD ni de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. El tribunal destaca que la médica de empresa actuó fuera de sus competencias, comprometiendo la confidencialidad médica.
🧨 Consecuencias de la sentencia
La resolución del TSJ de Canarias impone:
- Nulidad del despido disciplinario.
- Readmisión inmediata de la trabajadora.
- Indemnización de 15.000 € por daños morales.
- Costas del recurso a cargo de la empresa (800 €).
- Traslado de la sentencia a la Inspección de Trabajo, para depurar responsabilidades administrativas.
Este último punto es especialmente relevante: el tribunal considera que la actuación empresarial podría constituir infracciones graves en materia de prevención, protección de datos y derechos fundamentales.
🔍 Claves jurídicas para empresas y trabajadores
Para empresas
- La vigilancia mediante detectives solo es válida si respeta la proporcionalidad, necesidad y legalidad.
- Los datos médicos no pueden compartirse con terceros ni utilizarse para justificar un despido.
- El servicio de prevención no puede actuar como instrumento disciplinario.
Para trabajadores
- La enfermedad nunca puede ser motivo de despido.
- La empresa no puede acceder a tu información sanitaria sin consentimiento y sin base legal.
- Si se vulnera tu intimidad, el despido puede ser nulo, con readmisión e indemnización.
🏛️ Importancia de esta sentencia para el Derecho Laboral
Esta resolución del TSJ de Canarias marca un antes y un después en la jurisprudencia sobre:
- Despidos por simulación de enfermedad
- Investigaciones privadas en el ámbito laboral
- Tratamiento de datos médicos
- Límites del poder de dirección empresarial
Refuerza la idea de que la empresa no puede utilizar la vigilancia ni la medicina del trabajo para presionar, controlar o discriminar a trabajadores vulnerables.
📝 Conclusión
El TSJ de Canarias envía un mensaje claro: la salud, la intimidad y los datos médicos de los trabajadores están protegidos por la Constitución y por la normativa europea, y su vulneración convierte cualquier despido en radicalmente nulo.
Para empresas y profesionales del ámbito laboral, esta sentencia es una guía imprescindible sobre los límites del control empresarial y la importancia de respetar los derechos fundamentales.


