Prestaciones y subsidios

¿Necesitas mejorar la seguridad de tus servicios en el ciberespacio? ¿Necesitas ampliar y mejorar las capacidades de prevención, detección y corrección ante riesgos cibernéticos?

Abierto el plazo de presentación desde el 1 de junio a las 9:00h se abre la convocatoria de las Ayudas Pyme Cibersegura, con subvenciones de hasta 2.568€ para mejorar la protección digital de tu empresa.

El programa cubre hasta el 60% de la solución y permite a tu empresa elegir libremente al proveedor. La gestión de la subvención se realiza desde Cámara Valencia. Presentación única a través de Sede Electrónica.

👉 La convocatoria dispone de 8 ayudas, que se conceden por orden de solicitud. Te recomendamos revisar los requisitos y preparar la documentación con antelación para poder tramitar tu solicitud desde el primer momento.

Objetivo de las ayudas  
Impulsar el uso seguro y fiable del ciberespacio, protegiendo los derechos y las libertades de los ciudadanos:  
🔐 Proyectos Consultivos
🔐 Gestión de Acceso e Identidad
🔐 Protección Puesto de Trabajo
🔐 Seguridad Aplicaciones y Datos
🔐 Seguridad en las redes
🔐 Seguridad Páginas Web

DIRIGIDO A

​Las ayudas van destinadas a todas las empresas de la provincia de Valencia que cumplan los siguientes requisitos:

  • Ser una pequeña y mediana empresas, según la definición de pyme recogida en el anexo 1 del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014 http://www.boe.es/doue/2014/187/L00001-00078.pdf .
  • Tener una facturación mínima de 100.000 € en la última anualidad.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • Cumplir la norma de minimis, según lo dispuesto en el Reglamento UE Nº 2023/2831, de la Comisión, de 13.12.2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DO L de 15.12.2023), según el cual el importe total de las ayudas de minimis concedidas a una “única empresa” no será superior a 300.000 euros en los tres años previos a dicha concesión.
  • No encontrarse incursa en ninguna de las prohibiciones a que hace referencia el artículo 13 de la Ley 38/2003.
  • No tener la consideración de empresa en crisis conforme a lo dispuesto en el artículo 2, apartado 18, del Reglamento (UE) Nº 651/2014
  • No podrán participar en la Fase I de Diagnóstico aquellas empresas que hubieran realizado dicho diagnóstico con posterioridad al 31/12/2023.
  • No podrán ser beneficiarias de la Fase II de Ayudas las empresas que hayan resultado beneficiarias de esta fase en cualquier convocatoria anterior del programa con posterioridad al 31/12/2023.
  • Estar dada de alta de manera continuada en la actividad objeto de subvención del Censo del Impuesto de Actividades Económicas antes del 1 de enero de 2024.
  • Quedan excluidas del Programa las empresas proveedoras de soluciones de digitalización a terceros, al tratarse de entidades relacionadas con el ámbito objeto del programa. A estos efectos, quedarán excluidas, con carácter general, las empresas cuya alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) se corresponda con el grupo 845: Explotación electrónica por cuenta de terceros.

onvocatoria, plazos y solicitudes

Desde el 1 de junio a las 9 horas hasta el 1 de diciembre a las 14 horas. Si bien el plazo podrá acortarse en caso de agotarse el presupuesto.
Presentación única a través de Sede Electrónica.

Inicio Plazo Presentación de solicitudes1 de junio de 2026 a las 9:00 h
Fin Plazo Presentación de solicitudes1 de diciembre de 2026 a las 14:00h
Listados definitivos de solictudes admitidas y no admitidas

Anuncio de Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia

El trámite de solicitud de participación es muy sencillo a través de:

De esta manera, el registro electrónico utilizado de la Sede será el registro ÚNICO de entrada de las solicitudes y acreditará la presentación y prioridad temporal de las solicitudes.

En cualquier caso se deberán cumplimentar y presentar en sede electrónica:

  • Declaración responsable del cumplimiento de las condiciones de participación y de ayuda (Anexo II)
  • Persona física: DNI del solicitante
  • Persona jurídica, copia de:
    • DNI del firmante de la solicitud con poderes suficientes
    • Poder de representación de la persona que firma la solicitud (la persona firmante deberá tener la condición de representante legal de la empresa)
    • Tarjeta de Identificación Fiscal de la empresa

La resolución de las solicitudes será comunicada de manera individualizada a los beneficiarios a través de la Sede Electrónica de la Cámara de Comercio

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