¿Necesitas mejorar la seguridad de tus servicios en el ciberespacio? ¿Necesitas ampliar y mejorar las capacidades de prevención, detección y corrección ante riesgos cibernéticos?
Abierto el plazo de presentación desde el 1 de junio a las 9:00h se abre la convocatoria de las Ayudas Pyme Cibersegura, con subvenciones de hasta 2.568€ para mejorar la protección digital de tu empresa.
El programa cubre hasta el 60% de la solución y permite a tu empresa elegir libremente al proveedor. La gestión de la subvención se realiza desde Cámara Valencia. Presentación única a través de Sede Electrónica.
👉 La convocatoria dispone de 8 ayudas, que se conceden por orden de solicitud. Te recomendamos revisar los requisitos y preparar la documentación con antelación para poder tramitar tu solicitud desde el primer momento.
| Objetivo de las ayudas Impulsar el uso seguro y fiable del ciberespacio, protegiendo los derechos y las libertades de los ciudadanos: 🔐 Proyectos Consultivos 🔐 Gestión de Acceso e Identidad 🔐 Protección Puesto de Trabajo 🔐 Seguridad Aplicaciones y Datos 🔐 Seguridad en las redes 🔐 Seguridad Páginas Web |
DIRIGIDO A
Las ayudas van destinadas a todas las empresas de la provincia de Valencia que cumplan los siguientes requisitos:
- Ser una pequeña y mediana empresas, según la definición de pyme recogida en el anexo 1 del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014 http://www.boe.es/doue/2014/187/L00001-00078.pdf .
- Tener una facturación mínima de 100.000 € en la última anualidad.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- Cumplir la norma de minimis, según lo dispuesto en el Reglamento UE Nº 2023/2831, de la Comisión, de 13.12.2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DO L de 15.12.2023), según el cual el importe total de las ayudas de minimis concedidas a una “única empresa” no será superior a 300.000 euros en los tres años previos a dicha concesión.
- No encontrarse incursa en ninguna de las prohibiciones a que hace referencia el artículo 13 de la Ley 38/2003.
- No tener la consideración de empresa en crisis conforme a lo dispuesto en el artículo 2, apartado 18, del Reglamento (UE) Nº 651/2014
- No podrán participar en la Fase I de Diagnóstico aquellas empresas que hubieran realizado dicho diagnóstico con posterioridad al 31/12/2023.
- No podrán ser beneficiarias de la Fase II de Ayudas las empresas que hayan resultado beneficiarias de esta fase en cualquier convocatoria anterior del programa con posterioridad al 31/12/2023.
- Estar dada de alta de manera continuada en la actividad objeto de subvención del Censo del Impuesto de Actividades Económicas antes del 1 de enero de 2024.
- Quedan excluidas del Programa las empresas proveedoras de soluciones de digitalización a terceros, al tratarse de entidades relacionadas con el ámbito objeto del programa. A estos efectos, quedarán excluidas, con carácter general, las empresas cuya alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) se corresponda con el grupo 845: Explotación electrónica por cuenta de terceros.
onvocatoria, plazos y solicitudes
Desde el 1 de junio a las 9 horas hasta el 1 de diciembre a las 14 horas. Si bien el plazo podrá acortarse en caso de agotarse el presupuesto.
Presentación única a través de Sede Electrónica.
| Inicio Plazo Presentación de solicitudes | 1 de junio de 2026 a las 9:00 h |
| Fin Plazo Presentación de solicitudes | 1 de diciembre de 2026 a las 14:00h |
| Listados definitivos de solictudes admitidas y no admitidas |
Anuncio de Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia
El trámite de solicitud de participación es muy sencillo a través de:
- Sede electrónica. Deberá disponer de Certificado digital y de la aplicación Autofirma
De esta manera, el registro electrónico utilizado de la Sede será el registro ÚNICO de entrada de las solicitudes y acreditará la presentación y prioridad temporal de las solicitudes.
En cualquier caso se deberán cumplimentar y presentar en sede electrónica:
- Declaración responsable del cumplimiento de las condiciones de participación y de ayuda (Anexo II)
- Persona física: DNI del solicitante
- Persona jurídica, copia de:
- DNI del firmante de la solicitud con poderes suficientes
- Poder de representación de la persona que firma la solicitud (la persona firmante deberá tener la condición de representante legal de la empresa)
- Tarjeta de Identificación Fiscal de la empresa
La resolución de las solicitudes será comunicada de manera individualizada a los beneficiarios a través de la Sede Electrónica de la Cámara de Comercio


