autonomo

1. Planteamiento del caso concreto

Los trabajadores autónomos que realizaron prácticas formativas antes de 2024 pueden “rescatar” esos periodos y sumarlos a su vida laboral hasta un máximo de cinco años (1.825 días), siempre que dichas prácticas no hubieran cotizado en su momento. Esto puede ser decisivo para:

  • Alcanzar los 15 años mínimos de cotización exigidos para acceder a una pensión contributiva.
  • Llegar al periodo exigido para jubilarse a los 65 años con el 100 % de la pensión.
  • Mejorar la cuantía de la pensión, al aumentar los años computables.

La Tesorería General de la Seguridad Social ha habilitado un mecanismo específico, mediante un convenio especial, que permite a los autónomos (y también a trabajadores por cuenta ajena) recuperar esos años de prácticas y hacer que cuenten como cotizados de cara a la jubilación.


2. Marco normativo aplicable

2.1. Disposición adicional 52.ª de la LGSS

La base legal se encuentra en la disposición adicional quincuagésima segunda del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), introducida por el Real Decreto‑ley 2/2023, de 16 de marzo, que regula la inclusión en el sistema de Seguridad Social de los alumnos en prácticas formativas y prácticas académicas externas. Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Esta disposición:

  • Incluye en el sistema a alumnos universitarios (grado, máster, doctorado y títulos propios).
  • Incluye a alumnos de Formación Profesional (no en régimen de FP intensiva).
  • Incluye enseñanzas artísticas superiores, profesionales y deportivas.

Desde 2024 las nuevas prácticas ya cotizan automáticamente; el problema eran las prácticas anteriores a la entrada en vigor de esta inclusión.

2.2. Orden ISM/386/2024 y modificaciones posteriores

Para resolver el “vacío” de las prácticas antiguas, se aprueba la Orden ISM/386/2024, de 29 de abril, que regula la suscripción de un convenio especial con la Seguridad Social para computar la cotización de los periodos de prácticas formativas y académicas externas realizados antes de su entrada en vigor. Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Posteriormente, la regulación se flexibiliza y mejora mediante la Orden ISM/812/2024, de 26 de julio, que amplía y concreta condiciones, plazos y límites, permitiendo recuperar hasta cinco años de cotización y fijando el plazo máximo para solicitarlo en el 31 de diciembre de 2028.

En síntesis normativa:

  • LGSS, DA 52.ª: base legal de la inclusión de prácticas en el sistema.
  • Orden ISM/386/2024: regula el convenio especial para prácticas anteriores.
  • Orden ISM/812/2024: mejora condiciones, amplía años recuperables y fija plazo hasta 2028.

3. Requisitos y alcance para los autónomos

3.1. Quién puede acogerse

Pueden acogerse los autónomos que, antes de 2024, realizaron prácticas:

  • Universitarias (grado, máster, doctorado o títulos propios).
  • De Formación Profesional sin carácter laboral (no FP intensiva).
  • Enseñanzas artísticas superiores, profesionales y deportivas del sistema educativo.
  • Programas de investigación (en España o en el extranjero).

Y que no cotizaron por ellas en su momento, bien por ser no remuneradas, bien por haberse realizado antes del 1 de noviembre de 2011 en el caso de prácticas remuneradas sin cobertura.

Quedan excluidos, con carácter general, quienes ya sean pensionistas de jubilación o incapacidad permanente, salvo supuestos muy concretos previstos en la normativa de convenios especiales.

3.2. Límite de años recuperables

  • Máximo: 1.825 días, equivalentes a cinco años de cotización.
  • Se permite que quienes ya recuperaron hasta dos años con la normativa de 2011 puedan ampliar hasta el nuevo máximo de cinco años.

Para un autónomo con lagunas de cotización o carrera corta, estos cinco años pueden marcar la diferencia entre:

  • No llegar a los 15 años mínimos y quedarse sin pensión contributiva.
  • Alcanzar el periodo necesario para jubilarse a los 65 con el 100 %.

4. Coste económico y condiciones de pago

4.1. Cómo se calcula la cuota

El coste no es simbólico: el autónomo debe pagar las cotizaciones correspondientes a esos periodos de prácticas. El cálculo se hace:

  • Tomando como referencia la base mínima de cotización del Grupo 7 del Régimen General vigente en el año en que se realizaron las prácticas.
  • Aplicando un coeficiente reductor del 0,77, que rebaja el coste final.

En la práctica, para prácticas realizadas entre 1980 y 2006, las fuentes oficiales y divulgativas sitúan la cuota mensual aproximada entre 40 y 140 euros, según el año concreto.

Eso significa que:

  • Recuperar un año puede suponer varios cientos o más de mil euros.
  • Recuperar los cinco años puede superar con facilidad los 10.000 euros en muchos casos.

4.2. Formas de pago

Para no hacer inasumible la medida, la Tesorería permite:

  • Pago único (un solo abono).
  • Pago fraccionado hasta en 84 mensualidades (siete años), mediante domiciliación bancaria.

Esto es especialmente relevante para autónomos con ingresos irregulares, que pueden distribuir el coste en el tiempo y evitar un impacto financiero inmediato excesivo.


5. Procedimiento para los autónomos

5.1. Comprobación de requisitos y documentación

  1. Verificar que las prácticas son elegibles:
    • Encajan en los tipos previstos (universitarias, FP no laboral, artísticas, deportivas, investigación).
    • Se realizaron antes de 2024 (no remuneradas) o antes del 1 de noviembre de 2011 (remuneradas sin cotización).
  2. Obtener certificados de las prácticas:
    • Solicitar a la universidad, centro de FP o entidad correspondiente un certificado oficial de horas/periodos de prácticas. Revista Seguridad Social

5.2. Solicitud del convenio especial

  1. Presentar la solicitud del convenio especial a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social (portal Import@ss), en el trámite de “Alta, baja o variación de datos del convenio especial”.
  2. Esperar a que la Tesorería calcule el importe exacto y notifique la resolución:
    • Plazo máximo de seis meses.
    • Si no hay respuesta en ese plazo, se entiende estimada por silencio administrativo positivo.

5.3. Plazo límite

  • El plazo para solicitar este reconocimiento está abierto hasta el 31 de diciembre de 2028.
  • Es imprescindible solicitar primero y pagar después, una vez la Administración haya calculado la deuda.

6. Valoración y conclusiones

  1. Medida especialmente relevante para autónomos con carreras irregulares
    El colectivo de autónomos suele tener trayectorias con lagunas de cotización, cambios de base y periodos sin alta. Poder sumar hasta cinco años de prácticas antiguas puede ser decisivo para no perder el derecho a pensión contributiva o para acceder antes al 100 % de la pensión.
  2. No es un “regalo”: exige un esfuerzo económico real
    Aunque se habla de “recuperar” años, en realidad se trata de pagar ahora lo que no se cotizó entonces. El coste puede ser elevado, especialmente si se pretende rescatar el máximo de cinco años. Por eso, cada autónomo debe hacer un cálculo coste‑beneficio: cuánto paga hoy frente a cuánto puede mejorar su pensión futura.
  3. Flexibilidad de pago y plazo amplio hasta 2028
    La posibilidad de fraccionar el pago hasta en 84 meses y el plazo abierto hasta finales de 2028 permiten planificar la decisión con calma, valorar la evolución del negocio y, si conviene, ir incorporando años de prácticas de forma escalonada.
  4. Importancia de asesorarse antes de decidir
    Dado que la conveniencia depende de la situación personal (años ya cotizados, edad, bases de cotización, previsión de jubilación), es muy recomendable que el autónomo:
    • Revise su vida laboral y simulaciones de jubilación.
    • Consulte con un asesor laboral o de Seguridad Social para estimar el impacto real en su futura pensión.
  5. Conclusión general
    Jurídicamente, el sistema se apoya en la DA 52.ª de la LGSS y en las Órdenes ISM/386/2024 e ISM/812/2024, que articulan un convenio especial de cotización por prácticas antiguas. En la práctica, es una oportunidad potente pero no gratuita: ofrece a los autónomos la posibilidad de convertir años “invisibles” de prácticas en cotización efectiva, a cambio de asumir ahora un coste que puede traducirse en una jubilación más segura y, en muchos casos, más temprana o más alta.

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