despidos por causas objetivas

Un reciente caso resuelto por la Justicia Laboral ha supuesto la concesión de más de 46.000 euros de indemnización a un trabajador que fue despedido dos veces por la misma empresa, demostrando cómo los tribunales sancionan la reiteración de extinciones contractuales sin causa justa y las vulneraciones de derechos en los procedimientos de despido.


Claves y antecedentes del caso

  • El trabajador sufrió dos despidos sucesivos por la misma empresa , habiendo sido readmitido tras el primero por declaración de nulidad o improcedencia.
  • La segunda extinción, igualmente injustificada, supuso un agravamiento de la vulneración de derechos y fue impugnada judicialmente.
  • El juzgado y posteriormente el tribunal reconocen que la reincidencia empresarial y la inseguridad creada al trabajador merecen una indemnización ampliada , incluyendo daños morales y perjuicios por la vulneración de derechos fundamentales.

En el supuesto analizado, un trabajador fue despedido en dos ocasiones por la misma empresa, readmitido tras la primera extinción por resolución judicial —que declaró el primer despido improcedente o nulo—, y volvió a cesar posteriormente sin cambiar las causas ni aportar motivos distintos o nuevas circunstancias objetivas que justificaron la segunda medida extintiva. El tribunal reconoció la existencia de abuso empresarial, reincidencia y vulneración de derechos fundamentales , condenando a la empresa a abonar más de 46.000 euros en indemnización, incluyendo daños morales y perjuicios derivados de la inseguridad jurídica creada por las actuaciones empresariales reiteradas.

La sentencia considera que la empresa, al reincidir en el despido y no modificar las causas ni el procedimiento, incurrió en un uso fraudulento de la figura extintiva , generando daño moral, incertidumbre y menos cabo reputacional grave para el trabajador. El fallo se apoya en la obligación de resarcir el daño en toda su extensión, recogida en el artículo 1106 del Código Civil , y refuerza la función correctiva y disuasoria del sistema de indemnizaciones laboral


Fundamentos legales y normativos relevantes

  • Estatuto de los Trabajadores, art. 55 y 56
    • Establecen el procedimiento y las consecuencias del despido improcedente o nulo, así como el derecho a indemnización y salarios de tramitación.
  • Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, art. 181
    • Permite la acumulación de indemnizaciones y refuerza la tutela cuando se lesionan derechos fundamentales.
  • Principio de resarcimiento integral (art. 1106 Código Civil): El daño debe ser compensado en toda su extensión, incluyendo perjuicios morales y daño reputacional cuando concurren despidos reiterados o en fraude de ley.

Jurisprudencia y doctrina aplicables

  • La doctrina del Tribunal Supremo reconoce el derecho a indemnizaciones acumuladas si una empresa incurre en reincidencia, acoso o vulnera derechos en varios actos extintivos, especialmente si se usa el despido de forma instrumental.
  • El TJUE y la jurisprudencia constitucional española insisten en la necesidad de garantizar no solo la reparación patrimonial, sino también la protección efectiva de la estabilidad y la dignidad del trabajador.

Enlace a la Sentencia

Protocolo de actuación para empresas

  1. Revisión y asesoramiento previo:
    • Antes de tomar la decisión de despedir a un trabajador, revise los antecedentes laborales y jurídicos, en especial si hay despidos previos recientes o litigio judicial pendiente/resuelto.
  2. Motivación real y documentación:
    • No repitas motivos extintivos ya resueltos judicialmente. Modifica las causas solo si existen hechos nuevos y acreditados.
  3. Cumplimiento estricto del procedimiento:
    • Sigue el artículo 55 ET para comunicar el despido por escrito y de forma motivada. Cumple los plazos y facilita el derecho de defensa y contradicción del trabajador.
  4. Buena fe *l:
    • Evita el uso instrumental del despido sucesivo. Actuar de esta forma puede agravar la indemnización y motivar la condena por daño moral.
  5. Seguimiento post-despido:
    • Si la extinción ha sido declarada improcedente o nula y opta por la readmisión, no adoptes medidas extintivas inmediatamente salvo causas sobrevenidas justificadas.

Protocolo de actuación para trabajadores

  1. Recopilación de documentación:
    • Conservar comunicaciones, cartas de despido, sentencias y cualquier manifestación empresarial relevante.
  2. Atención a los:
    • Impugna cualquier despido en plazo (20 días hábiles desde la notificación).
  3. Asesoramiento profesional:
    • Acude a un profesional experto en laboral para evaluar la viabilidad de exigir por indemnización ampliada o daño moral en casos de reincidencia.
  4. Alegación de repetición y fraude:
    • Solicita indemnización por daño moral y perjuicio patrimonial añadido si el despido es reiterado y no justifica nuevas causas o hechos.
  5. Ejecución de la cosa:
    • Si obtienes sentencia favorable, ejecuta la sentencia y solicita la totalidad de indemnizaciones reconocidas, incluso por daños añadidos.

Conclusión y recomendaciones

Este fallo ejemplar refuerza la seguridad jurídica y la protección del trabajador ante la práctica de despidos sucesivos o en fraude de ley. Las empresas deben extremar el rigor en los procedimientos y los trabajadores, asesorarse ante la mínima irregularidad: los juzgados están inclinando la balanza a favor de la protección real y efectiva, tanto en el ámbito patrimonial como moral.


Normativa esencial:

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