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Los trabajadores autónomos que hayan alcanzado la edad legal de jubilación y quieran seguir activos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) cuentan con una ventaja significativa: la exoneración parcial de la cuota de cotización. Esta medida, vigente desde 2023, permite reducir más del 90% de la cuota, reconociendo la contribución prolongada de estos profesionales al sistema de Seguridad Social.

Este artículo explica quiénes pueden beneficiarse, cuáles son las condiciones, el importe a pagar, y la compatibilidad de esta exoneración con la jubilación activa.


Requisitos para acceder a la exoneración

  • Tener cumplidos 67 años , o bien 65 años con al menos 38 años y 6 meses cotizados efectivo , sin incluir pagos extra.
  • Estar de alta en RETA y continuar trabajando como autónomo.
  • No estar percibiendo la pensión de jubilación , es decir, haber decidido retrasar el cobro.
  • No estar acogido a la jubilación activa ni percibir ningún tipo de pensión.

Cuota a pagar bajo esta exoneración

Gracias a la exoneración, la cuota se reduce considerablemente y solo cubre contingencias mínimas:

  • 1,30% por contingencias profesionales.
  • 1,56% por incapacidad temporal (incluido en contingencias comunes).

Esto supone un pago aproximado del 2,86% sobre la base de cotización elegida.

Ejemplo: Si la base mínima de cotización es 960,60 €, el autónomo exonerado pagará unos 27,5 € mensuales, mientras que la Seguridad Social asume la diferencia, que supera los 250 € en cuotas mensuales.


Normativa aplicable y enlaces oficiales

  • Artículo 311 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS):
    Defina la exoneración de cotización para trabajadores que alcancen la edad de jubilación y decidan continuar activos.
    Consulta el artículo 311 LGSS en el BOE
  • Real Decreto-ley 5/2013, de 15 de marzo:
    Establece medidas para favorecer la continuidad laboral y el envejecimiento activo.
    Más información en el BOE
  • Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social:
    Regula la compatibilidad de la jubilación y trabajo.
    Consulta en el BOE

Compatibilidad con la jubilación activa

  • Esta exoneración no es compatible con la jubilación activa , modalidad que permite cobrar parte de la pensión y seguir trabajando, pero obliga a pagar una cuota especial de solidaridad.
  • Cuando un autónomo opta por esta exoneración, debe permanecer sin percibir la pensión, es decir, retrasar la jubilación.

Ventajas de seguir trabajando con la exoneración

  • Ahorro en la cuota mensual, limpiando la carga económica para el autónomo mayor.
  • Incremento en la pensión futura del 4% por cada año completo que se retrase el retiro efectivo.
  • Posibilidad de seguir gestionando o trabajando en el negocio sin penalizaciones fiscales o de cotización.

Consejos para autónomos mayores

  • Revisar el cumplimiento de los requisitos formales para poder acogerse a la exoneración.
  • Valorar la planificación de la jubilación y la conveniencia de retrasar el cobro para mejorar la pensión.
  • Consulta al asesor laboral o de Seguridad Social para calcular posibles ahorros y beneficios.
  • Solicitar la exoneración oficialmente a través de los canales de la Seguridad Social.

Conclusión

La exoneración de cotización para autónomos mayores de 65 años es una ventana importante para fomentar la continuidad laboral y la mejora de la pensión en España. Este beneficio reconocido en la normativa vigente ofrece un ahorro significativo y acompaña la tendencia hacia un envejecimiento activo y sostenible del colectivo autónomo.

Consulta normativa artículo 311 LGSS en el BOE
Real Decreto-ley 5/2013 en BOE

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