El Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha confirmado que un mensaje de WhatsApp puede considerarse una renuncia válida al puesto de trabajo, incluso si se borra posteriormente.
En este caso, una empleada de una cafetería informó de su baja voluntaria a través de un mensaje de WhatsApp tras una discusión. Además, comunicó por otro mensaje en el grupo de WhatsApp de sus compañeros de trabajo que se iba pasados 15 días. Ese mismo día cuando finalizó su jornada entregó las llaves y le pidió a un compañero que le recogiera sus cosas, no iba a volver más. Después, se arrepintió y borro el mensaje, y al día siguiente presentó una baja por incapacidad temporal. La empresa tramitó la baja voluntaria en Seguridad Social y la trabajadora demandó por despido.
En instancia, se desestimó la demanda, y se absolvió a la demandada, por considerar la inexistencia de despido. Contra dicha sentencia la trabajadora presentó recurso de suplicación.
El TSJ de Galicia determinó que tanto el mensaje como las acciones de la empleada, incluida la entrega de llaves y la petición a un compañero de recoger sus pertenencias, indicaron una clara intención de causar baja voluntaria. La decisión se basa en que la comunicación de una baja voluntaria no requiere formalismos, se puede hacer de forma verbal o escrita, siempre que haya una voluntad clara de finalizar el vínculo laboral.
TSJ de Galicia, recurso de suplicación nº 366/2024 de 29 de octubre de 2024.
Roj: STSJ M 6523/2024 – ECLI:ES:TSJM:2024:6523
Id Cendoj: 28079340042024100384
Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
Sede: Madrid
Sección: 4
Fecha: 16/05/2024
Nº de Recurso: 259/2024
Nº de Resolución: 376/2024
Procedimiento: Recurso de suplicación
Ponente: ALICIA CATALA PELLON
Tipo de Resolución: Sentencia
Fuente FRATERNIDAD

