La sentencia del Tribunal Constitucional (STC 140/2024) marca un hito importante en la protección de los derechos de las familias monoparentales . Esta decisión reconoce el derecho de las madres biológicas en familias monoparentales a ampliar su permiso por nacimiento y cuidado de menor, equiparándolo al que disfrutarían las familias biparentales.
Aspectos clave de la sentencia
Inconstitucionalidad declarada: El TC ha declarado inconstitucional el apartado 4 del artículo 48 del Estatuto de los Trabajadores, por no contemplar un régimen específico para familias monoparentales.
Ampliación del permiso: Las madres biológicas de familias monoparentales podrán extender su permiso hasta 26 semanas, sumando al permiso inicial de 16 semanas las 10 semanas que corresponderían al otro progenitor.
Fundamentos de la decisión:
- Principio de igualdad (artículo 14 de la Constitución)
- Protección integral de los hijos (artículo 39 de la Constitución)
- Eliminación de la discriminación hacia los menores de familias monoparentales
Implicaciones prácticas
Interpretación de la norma: Mientras el legislador no se pronuncie, se debe interpretar que en familias monoparentales, al permiso de 16 semanas de la madre biológica se le añaden 10 semanas adicionales.
No retroactividad: La sentencia no tiene carácter retroactivo para situaciones ya resueltas mediante sentencia firme o resolución administrativa firme.
Diferencia con otros criterios: El TC establece 26 semanas en total, a diferencia del Tribunal Supremo y algunos Tribunales Superiores de Justicia que habían reconocido 32 semanas.
En las familias monoparentales el permiso a que hacen referencia los arts. 48.4 del texto refundido de la Ley del estatuto de los trabajadores y 177 del texto refundido de la Ley general de la Seguridad Social ha de ser interpretado en el sentido de adicionarse al permiso para la madre biológica (dieciséis semanas), el previsto para progenitor distinto (diez semanas, al excluirse las seis primeras, que necesariamente deben disfrutarse de forma ininterrumpida e inmediatamente posterior al parto).
¿Este fallo tiene carácter retroactivo?
Para el TC no.
Contexto y relevancia
Esta sentencia responde a una realidad social cambiante, donde los modelos familiares diversos, como las familias monoparentales, requieren una protección legal adecuada. El fallo del TC busca garantizar la igualdad de derechos y oportunidades para todos los menores, independientemente de su estructura familiar.
La decisión del Constitucional no solo afecta a los derechos laborales de las madres solteras, sino que principalmente vela por el interés superior del menor, asegurando que los niños de familias monoparentales reciban un cuidado equiparable al de las familias biparentales durante sus primeros meses de vida.
Esta sentencia sienta un precedente importante en la protección de la infancia y la igualdad de género, y probablemente impulsará futuras reformas legislativas para adaptar el marco legal a las necesidades de las familias monoparentales .
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL FAMILIAS
ATSJ de Cataluña, rec. 5086/2022, de 10 de octubre de 2023, ECLI:ES:TSJCAT:2023:557A

