¿Qué es y para qué sirve?
Las presentes ayudas tienen por objeto establecer las bases reguladoras y la concesión directa de una
subvención a las cofradías de pescadores y sus federaciones a fin de mejorar la vertebración del sector
pesquero para 2026.
Requisitos
Ser una cofradía de pescadores reconocida o sus federaciones provinciales.
Observaciones
En lo que respecta a los gastos indirectos, solamente se financiarán aquellas entidades beneficiarias que
hayan presentado un estudio económico previo de costes indirectos.
Principio de eficacia extraterritorial No
Plazo de presentación
Desde: 08/06/2026 hasta: 19/06/2026
La entidad beneficiaria deberá manifestar, en el plazo de diez días hábiles a partir del día siguiente a la
publicación del decreto en el Diari Oficial de la Generalitat, Valenciana para la aceptación de la concesión
Forma de presentación
Telemática
Dado que los solicitantes son personas jurídicas, en virtud del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, están obligadas a
relacionarse con ellas a través de medios electrónicos, por lo que la presentación de alegaciones o
cualquier documento adicional debe realizarse electrónicamente a través de la sede electrónica de la
Generalitat.
Los documentos que se anexen al trámite telemático, cuando proceda, deberán ir firmados
electrónicamente por quienes sean competentes para ello.
Acceso con autenticación
Normativa general
· [Normativa] Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
(https://www.boe.es/eli/es/l/2003/11/17/38/con)
· [Normativa] Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de
Subvenciones. (https://www.boe.es/eli/es-vc/l/2015/02/06/1/con)
· [Normativa] Decreto 78/2026, de 29 de mayo, del Consell, de aprobación de las bases reguladoras y
concesión directa de subvención a cofradías de pescadores y sus federaciones, a fin de mejorar la
vertebración del sector pesquero. (https://dogv.gva.es/es/resultat-dogv?signatura=2026/18022)


