En los últimos meses ha circulado una noticia que ha generado mucha confusión entre los profesionales por cuenta propia: “los autónomos que facturen menos de 85.000 € no pagarán IVA”.
Aunque la idea ha corrido como la pólvora, la realidad es más compleja y, sobre todo, muy distinta a lo que muchos titulares han dado a entender.
A continuación te explicamos qué dice realmente la normativa europea, cuál es la situación actual en España, qué podría ocurrir en los próximos años y cómo afectaría esta medida a los autónomos.
1. ¿De dónde sale la cifra de los 85.000 €?
La confusión nace de la Directiva (UE) 2020/285, que permite a los Estados miembros implantar un régimen especial de franquicia del IVA para pequeños negocios.
Este sistema permitiría que los autónomos no repercutan IVA en sus facturas ni presenten declaraciones periódicas, siempre que no superen un umbral de facturación que puede llegar hasta 85.000 € anuales.
Sin embargo, esta directiva no es automática:
- Cada país debe adaptarla a su legislación nacional.
- España todavía no lo ha hecho, pese a que el plazo ya venció.
- La Comisión Europea incluso ha iniciado acciones por el retraso.
2. ¿Está aprobado en España?
No.
A día de hoy, España no ha implantado el IVA franquiciado.
Esto significa que:
- Los autónomos siguen obligados a repercutir IVA.
- Deben presentar sus declaraciones trimestrales como siempre.
- No existe ninguna ley aprobada que elimine el IVA para quienes facturen menos de 85.000 €.
Incluso el Ministerio de Hacienda ha aclarado que no está previsto aplicarlo de forma inmediata, y que la interpretación de que entraría en vigor en 2025 o 2026 fue errónea.
3. ¿Qué podría pasar en el futuro?
Aunque no está aprobado, sí existe intención política de estudiar su implantación.
El Gobierno ha manifestado que quiere transponer la directiva, y asociaciones como ATA y UPTA presionan para que se active cuanto antes.
Si finalmente se aplica, los autónomos por debajo del umbral podrían:
- No incluir IVA en sus facturas.
- No presentar modelos trimestrales.
- Simplificar su contabilidad.
Pero también habría inconvenientes:
- No podrían deducir el IVA soportado en sus gastos.
- Podría no ser beneficioso para quienes invierten mucho en material o servicios.
4. ¿Hay alguna excepción actualmente?
Sí, pero muy limitada.
España ha avanzado únicamente en un aspecto:
Los autónomos españoles podrían aplicar la franquicia de IVA cuando operen en otros países de la UE que ya la tengan implantada, presentando el Modelo 041.
Esto no afecta a su actividad dentro de España.
5. ¿Qué países ya aplican este sistema?
Varios países europeos ya cuentan con regímenes similares, como:
- Francia
- Alemania
- Italia
- Bélgica
En ellos, los pequeños negocios pueden facturar sin IVA hasta ciertos límites.
España es actualmente el único país de la UE que aún no lo ha implementado a nivel nacional.
6. Entonces… ¿qué deben hacer los autónomos ahora?
Por el momento:
✔ Seguir repercutiendo IVA en todas sus facturas.
✔ Presentar los modelos trimestrales y anuales.
✔ Estar atentos a posibles cambios legislativos en 2026 o 2027.
La directiva europea está en vigor, pero España no la ha aplicado, por lo que nada ha cambiado en la práctica.
Conclusión
La idea de que los autónomos que facturen menos de 85.000 € dejarán de pagar IVA no es cierta a día de hoy.
La normativa europea permite esa posibilidad, pero España no la ha transpuesto y no existe una fecha oficial para su implantación.
Aun así, es una medida que podría llegar en los próximos años y que beneficiaría a cientos de miles de profesionales, aunque también conllevaría renunciar a deducciones importantes.


