1. Calendario y contexto de la campaña Renta 2025
La campaña del IRPF correspondiente al ejercicio 2025 se desarrollará entre el 8 de abril y el 30 de junio de 2026, manteniendo el esquema habitual de presentación telemática, por teléfono y, en determinados supuestos, presencial.
Sobre la base del marco actual del IRPF, se introducen ajustes que persiguen dos objetivos: proteger a las rentas bajas procedentes del trabajo y reforzar la recaudación en el tramo más alto del ahorro, al tiempo que se consolidan incentivos a la eficiencia energética y a la movilidad eléctrica.
2. Nueva deducción de hasta 340 € para rendimientos bajos del trabajo
Desde el 1 de enero de 2025 se aplica una deducción específica en el IRPF para asalariados y personal estatutario con rentas bajas, que se reflejará por primera vez en la Renta 2025.
Requisitos
- Rendimientos íntegros del trabajo (relación laboral o estatutaria) ≤ 18.276 € anuales.
- Resto de rentas (no procedentes del trabajo), excluidas las exentas, ≤ 6.500 € anuales.
Cuantías
- Si los rendimientos del trabajo son ≤ 16.576 € (SMI 2025): deducción íntegra de 340 €.
- Si los rendimientos se sitúan entre 16.576 y 18.276 €, la deducción se reduce de forma progresiva con la fórmula:Deduccioˊn=340−0,2×(Rendimientos del trabajo−16.576)(expresada de forma equivalente a la que recoge la norma).
La deducción no puede exceder de la parte de la cuota íntegra (estatal + autonómica) atribuible a los rendimientos netos del trabajo, y se aplica después del resto de reducciones y deducciones generales. Hacienda prevé integrarla automáticamente en los borradores cuando se cumplan los requisitos.
3. Obligación de declarar: rentas del trabajo, SMI y desempleo
Se consolidan los límites generales de obligación de presentar declaración, con algunos matices relevantes para asalariados con SMI y perceptores de prestaciones por desempleo.
Límites generales
- No están obligados a declarar quienes obtengan rendimientos íntegros del trabajo ≤ 22.000 € anuales de un solo pagador.
- Sí hay obligación de declarar cuando, existiendo dos o más pagadores, los rendimientos del trabajo:
- Superan 15.876 € anuales, y
- La suma percibida del segundo y restantes pagadores es > 1.500 €.
Por tanto, una persona que cobre el SMI de 2025 (16.576 €) de un solo pagador y no supere otros límites no estará obligada a declarar; pero si tiene dos pagadores y supera los 15.876 € con más de 1.500 € procedentes del segundo, sí tendrá obligación, aunque su salario se sitúe en el entorno del SMI.
Desempleados
Se elimina la obligación específica que se había introducido para los perceptores de prestaciones por desempleo:
- A partir de la Renta 2025, las personas en paro solo estarán obligadas a declarar si superan los mismos límites generales que cualquier contribuyente (22.000 € con un solo pagador o los 15.876 € bajo el esquema de varios pagadores).
Esto simplifica el régimen y evita que la mera condición de desempleado genere una obligación añadida de declaración.
4. Más impuestos para las grandes rentas del ahorro
A partir de 2025 se incrementa en dos puntos el tipo aplicable al último tramo de la escala del ahorro:
- Para la parte de la base liquidable del ahorro que excede de 300.000 €, el tipo marginal máximo pasa del 28% al 30%.
La escala queda, en síntesis, así (tipos estatales + autonómicos agregados de referencia):
- Hasta 6.000 €: 19%.
- De 6.000 a 50.000 €: 21%.
- De 50.000 a 150.000 €: 23%.
- De 150.000 a 300.000 €: 27%.
- Más de 300.000 €: 30%.
Se ven afectadas, entre otras, las ganancias patrimoniales (ventas de acciones, reembolsos de fondos, transmisiones de inmuebles) y los rendimientos del capital mobiliario (intereses, cupones, dividendos), que tributan dentro de esta escala.
5. Prórroga de deducciones “verdes” y módulos para autónomos
5.1. Eficiencia energética en vivienda
Se prorrogan para la Renta 2025 las deducciones por obras de mejora de eficiencia energética en viviendas, con porcentajes de entre el 40% y el 60% según el tipo de actuación y el grado de ahorro acreditado.
- Obras que reduzcan al menos un 7% la demanda de calefacción y refrigeración o un 30% el consumo de energía primaria no renovable dan derecho a deducción en la cuota, con límites y requisitos de certificación energética concretos.
- En edificios residenciales completos, las exigencias se vinculan a la mejora de la calificación energética hasta determinadas letras.
La prórroga se ha articulado mediante el Real Decreto‑ley 16/2025, extendiendo el plazo de aplicación de estas deducciones hasta 2026/2027 según el tipo de obra.
5.2. Vehículos eléctricos y puntos de recarga
También se prorroga para 2025 la deducción del 15% por:
- Compra de vehículos eléctricos, y
- Instalación de puntos de recarga en inmuebles del contribuyente no afectos a actividades económicas.
En el caso de puntos de recarga, la base máxima anual suele situarse en torno a 4.000 €, con requisitos de pago por medios bancarios y ejecución antes del 31 de diciembre de 2025. La prórroga se ha vinculado al RDL 3/2025 y a la continuidad del programa MOVES III, con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2025.
5.3. Estimación objetiva (módulos) y sector agrario
Para agricultores, ganaderos y otros autónomos en módulos se mantienen y ajustan varios elementos:
- Se mantiene la reducción general del 5% sobre el rendimiento neto de módulos para todas las actividades.
- En actividades agrícolas y ganaderas:
- Desaparecen las deducciones del 35% en gasóleo y del 15% en fertilizantes que venían aplicándose desde 2022.
- Como contrapartida, la compensación del IVA deja de computarse como ingreso a efectos de la magnitud excluyente, con un límite de 250.000 €, lo que puede facilitar la permanencia en módulos para explotaciones pequeñas.
- Se eliminan los incentivos específicos vinculados a Palma y Lorca, al considerarse normalizada la situación tras las catástrofes que los motivaron.
6. Exención de ayudas por catástrofes y facilidades de pago
Las ayudas públicas a damnificados por catástrofes naturales (DANA, incendios, inundaciones y otras emergencias similares) se declaran exentas de tributación en IRPF, evitando que la asistencia recibida se vea parcialmente neutralizada por el impuesto.
En cuanto al pago, se amplían opciones tecnológicas:
- Las declaraciones a ingresar pueden abonarse mediante Bizum, además de los métodos tradicionales.
- El pago con tarjeta se extiende a cualquier entidad colaboradora, facilitando el cumplimiento sin necesidad de domiciliación previa.
7. Claves prácticas para la planificación de la Renta 2025
Para contribuyentes y asesores, estas novedades sugieren varias líneas de actuación:
- Rentas bajas del trabajo: revisar si se cumplen los requisitos de la deducción de 340 €, anticipar su impacto en el resultado de la declaración y valorar la conveniencia de declarar incluso cuando no haya obligación, para recuperar retenciones.
- SMI y varios pagadores: extremar el control de los límites de 22.000 € (un pagador) y 15.876 € (varios pagadores y más de 1.500 € del segundo), porque muchos trabajadores con retribuciones modestas sí estarán obligados a declarar.
- Grandes patrimonios financieros: considerar el nuevo tipo del 30% en el tramo superior del ahorro a la hora de planificar plusvalías, reembolsos y reparto de dividendos.
- Inversiones en vivienda y movilidad eléctrica: aprovechar la prórroga de deducciones para programar reformas y adquisiciones dentro de los plazos y requisitos técnicos.
- Autónomos en módulos y sector agrario: recalcular la conveniencia de permanecer en módulos, teniendo en cuenta la desaparición de determinadas deducciones y la nueva regla sobre compensación del IVA.
En conjunto, la Renta 2025 combina un alivio perceptible para trabajadores con ingresos próximos al SMI, mayor flexibilidad para desempleados y una focalización de la mayor carga fiscal en quienes acumulan grandes rentas del ahorro, manteniendo a la vez un fuerte sesgo hacia la transición energética y la inversión sostenible en vivienda y movilidad.


