El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para 2024 se sitúa en 1.134 euros mensuales distribuidos en 14 pagas.

 

Para el año 2024 el Salario Mínimo Interprofesional es de 15.876 euros anuales, lo implica que el salario mensual a jornada completa será de:

  • Mensual con14 pagas: 1.134 € brutos.
  • Mensual con 12 pagas, pagas extras incluidas: 1.323 € brutos.

 

Las empleadas de hogar que trabajen por horas percibirán, al menos, 8,87 euros por cada hora.

 

¿Qué es el Salario Mínimo Interprofesional?

Es la cuantía retributiva mínima que percibe el trabajador referida a la jornada legal de trabajo.

En el salario mínimo se computa únicamente la retribución en dinero.

Este salario se entiende referido a la jornada legal de trabajo en cada actividad. Si se realizase jornada inferior se percibirá a prorrata.

 

¿Cuál es la cuantía del Salario Mínimo Interprofesional en 2024?

El Consejo de Ministros aprobó el 6 de febrero de 2024 la subida del Salario Mínimo Interprofesional para 2024 en un 5%, tras el acuerdo alcanzado con las organizaciones sindicales.

Para todas las actividades en la agricultura, la industria y los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, queda fijado en 37,8 brutos al día, o 1.134 euros brutos distribuidos en 14 pagas.

 

¿El Salario Mínimo Interprofesional es neto o bruto?

El Salario Mínimo Interprofesional se refiere al salario bruto de los trabajadores. Los 1.134 euros mensuales en 14 pagas representan el total de devengos de la nómina, y en caso de estar prorrateadas las pagas extras, serán 1.323 euros mensuales en 12 pagas.

 

¿Cuál es el salario mínimo de eventuales, temporeros y empleadas del hogar?

  • El salario de las personas trabajadoras eventuales, así como las temporeras cuyos servicios a una misma empresa no excedan de 120, no puede ser inferior a 53,71 euros por jornada.
  • En el caso de empleadas y empleados del hogar que trabajen por horas, el salario mínimo será de 8,87 euros por hora efectivamente trabajada.
  • Por último, en la legislación actual ya no se recoge la referencia al salario de media paga o quince días naturales, sino que con carácter general el pago deberá de ser una paga completa.

    La indicación de que se tendrá derecho a dos medias pagas viene recogido en el Real Decreto 1424/1985 que ha sido derogado por la nueva normativa del año 2011 (Real Decreto 1620/2011).

  •  

¿La subida del SMI tiene efectos retroactivos?

Sí. El incremento que se apruebe en Consejo de Ministros se aplicará con carácter retroactivo al 1 de enero de 2024.

 

EMPLEADOS DE HOGAR 2024

 

Tabla salarial por horas en 12 y 14 pagas

Las jornadas inferiores a 40 horas semanales se han calculado de manera proporcional al SMI y la cotización siempre se calcula según la base de cotización, independientemente de que se abone en 12 o 14 pagas.

Salario en 12 pagas con las pagas extras prorrateadas

Tablas salariales para el año 2024

Número de horas Salario bruto Salario Neto Base de cotización
1 33,08 15,88 270
2 66,15 48,95 270
3 99,23 82,08 270
4 132,30 115,16 270
5 165,38 148,23 270
6 198,45 181,31 270
7 231,53 214,38 270
8 264,60 247,46 270
9 297,68 273,16 386
10 330,75 306,24 386
11 363,83 339,31 386
12 396,90 372,39 386
13 429,98 405,46 386
14 463,05 429,27 532
15 496,13 462,34 532
16 529,20 495,42 532
17 562,28 528,49 532
18 595,35 561,57 532
19 628,43 584,36 694
20 661,50 617,43 694
21 694,58 650,51 694
22 727,65 683,58 694
23 760,73 716,66 694
24 793,80 739,32 858
25 826,88 772,39 858
26 859,95 805,47 858
27 893,03 838,54 858
28 926,10 871,62 858
29 959,18 894,53 1018
30 992,25 927,61 1018
31 1025,33 960,68 1018
32 1058,40 993,76 1018
33 1091,48 1026,83 1018
34 1124,55 1044,54 1260
35 1157,63 1077,62 1260
36 1190,70 1110,69 1260
37 1223,78 1143,77 1260
38 1256,85 1176,84 1260
39 1289,93 1208,01 1289,93
40 1323,00 1238,99 1323

Salario en 14 pagas, dos pagas extras julio y navidad.

Tabla actualizada para el año 2024

Número de horas Salario bruto Salario Neto Base de cotización
1 28,35 11,15 270
2 56,7 39,50 270
3 85,05 67,91 270
4 113,4 96,26 270
5 141,75 124,61 270
6 170,1 152,96 270
7 198,45 181,31 270
8 226,8 209,66 270
9 255,15 230,64 386
10 283,5 258,99 386
11 311,85 287,34 386
12 340,2 315,69 386
13 368,55 344,04 386
14 396,9 363,12 532
15 425,25 391,47 532
16 453,6 419,82 532
17 481,95 448,17 532
18 510,3 476,52 532
19 538,65 494,58 694
20 567 522,93 694
21 595,35 551,28 694
22 623,7 579,63 694
23 652,05 607,98 694
24 680,4 625,92 858
25 708,75 654,27 858
26 737,1 682,62 858
27 765,45 710,97 858
28 793,8 739,32 858
29 822,15 757,51 1018
30 850,5 785,86 1018
31 878,85 814,21 1018
32 907,2 842,56 1018
33 935,55 870,91 1018
34 963,9 883,89 1260
35 992,25 912,24 1260
36 1020,6 940,59 1260
37 1048,95 968,94 1260
38 1077,3 997,29 1260
39 1105,65 1023,74 1289,93
40 1134 1049,99 1323

Importante, las pagas extras se abonan completas

Salvo que estén prorrateadas, la persona trabajadora tendrá derecho a percibir dos gratificaciones extraordinarias al año que se percibirán, salvo que se acuerde otra cosa, en junio y diciembre y de manera completa.

 

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