Bonificaciones en 2023

Bonificaciones en 2023

(a partir del 1 de Septiembre)
Publicado en el Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, tiene como finalidad promocionar la contratación de personas desempleadas en situación vulnerable, el fomento del trabajo autónomo e incentivar que los contratos indefinidos a tiempo parcial y fijos discontinuos, pasen a contratos a tiempo completo e indefinidos ordinarios.

¿Cuáles son los requisitos para obtener estas bonificaciones?

  • No haber sido inhabilitado para obtener subvenciones, ayudas públicas y beneficios e incentivos fiscales y de la Seguridad Social.
  • No haber sido excluido del acceso a las ayudas, subvenciones, bonificaciones y beneficios por infracciones graves o muy graves.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
  • Contar con un plan de igualdad.
  • Mantener el empleo, al menos tres años, en las bonificaciones a la contratación indefinida.

Bonificaciones para los contratos de FORMACION a partir de septiembre de 2023

A partir del 1 de septiembre tras la entrada en vigor del Real Decreto 1/2023 se fijan estas cuantías de bonificación:

  • 91 €/mes para la empresa.
  • 28 €/mes en las cuotas de la persona trabajadora .

Es decir, las cuantías serían similares a las bonificaciones actuales. Además, se van a mantener las bonificaciones en concepto de tutorización.

Contrato indefinido con jóvenes menores de 30 años inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil

Además, a partir de septiembre las empresas que contraten de manera indefinida a jóvenes menores de 30 años con baja cualificación beneficiarios de la Garantía Juvenil podrán disfrutar de:

  • Bonificación en la cotización de 275 euros al mes durante 3 años .

Contrato indefinido de trabajadores procedentes de una ETT

Bonificaciones/reducciones cuando un contrato en modalidad de formación en alternancia se transforme en un contrato indefinido .

  • La empresa se beneficiará durante 3 años de una bonificación de 1.500 € de reducción de cuotas empresariales a la Seguridad Social (si los trabajadores están inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil).
  • Esta reducción será de 1.800 € cuando la persona contratada de manera indefinida sea una mujer .

Bonificaciones/reducciones cuando un contrato en modalidad de adquisición de la Práctica Profesional se transforme en un contrato indefinido .

En el caso de que una empresa contrate a trabajadores de una ETT que hubieran estado contratados bajo la modalidad de adquisición de la Práctica Profesional:

  • Las empresas (de menos de 50 trabajadores) se bonificarán durante 3 años de una cuantía de 500 euros en sus cuotas empresariales a la Seguridad Social.
  • Esta cuantía ascenderá hasta los 700 euros, en el caso de que se contrate a una mujer .

¡IMPORTANTE! A partir de septiembre de 2023, la transformación de contratos de formación en alternancia y de contratos para la práctica profesional permitirá a la empresa bonificar:

  • 128 € al mes durante 3 años.
  • 147 €/mes si es una mujer .

Contrato con personas trabajadoras jóvenes menores de 30 años en situación de Exclusión Social

Bonificaciones/reducciones de la modalidad:

Las bonificaciones a trabajadores jóvenes menores de 30 años que se encuentran en situación de exclusión social se aplican en estos casos:

  • En contratos formalizados por empresas de inserción para personas inscritas como demandantes de empleo menores de 30 años .
  • En contratos formalizados por empresas de inserción para personas inscritas como demandantes de empleo menores de 35 años con discapacidad .

En estas 2 situaciones, la cuantía anual de las bonificaciones es de 1.650 € y su duración será de 3 años en el caso de tratarse de contratos indefinidos.

¡IMPORTANTE! El Real Decreto 1/2023 incluye una bonificación por contratación indefinida para personas en situación de exclusión social de 128 euros al mes .

Contrato por Sustitución de jóvenes menores de 30 años

Asimismo, a partir de septiembre se aplicará una sustitución para contratos de duración determinada con menores de 30 años.

Los contratos de duración determinada que se celebren con jóvenes desempleados menores de 30 años para sustituir a otros trabajadores durante una baja por riesgo de embarazo, durante la lactancia o para el cuidado de un menor se bonificarán :

  • Con 366€ al mes durante el tiempo que dure la sustitución .

Bonificaciones en contratos con personas menores de 45 años con discapacidad

Bonificaciones/reducciones de la modalidad:

Los contratos que se firmen con personas con discapacidad menores de 45 años podrán disfrutar de estas bonificaciones en el caso de transformarse en indefinidos:

  • Si se trata de hombres menores de 45 años con discapacidad, la empresa recibirá 4.500 €.
  • En el caso de tratarse de una mujer, la cuantía ascenderá hasta los 5.350 €.

Si las personas con discapacidad menores de 45 años tienen una discapacidad severa, y la empresa los contrata de manera indefinida, las bonificaciones anuales serán de 5.100 € en el caso de los hombres y de 5.950 € si se contrata a una mujer.

En cuanto a trabajadores con discapacidad, menores de 45 años, que tengan un contrato temporal, las empresas van a poder disfrutar las siguientes bonificaciones anuales: 3.500 € (4.100 € si es mujer), 4.100 € si es una discapacidad severa, 4.700 € para mujeres con discapacidad severa, durante toda la vigencia del contrato.

Contrato de formación en alternancia

Requisitos de los trabajadores: hasta 30 años

Bonificaciones/reducciones de esta modalidad:

  • Reducción del 100% en los seguros sociales (75% para empresas con más de 250 trabajadores). En caso de formalizarse con un joven de Garantía Juvenil se aplicaría bonificación.
  • Bonificación del 100% de la formación teórica durante toda la vigencia del contrato.
  • Bonificación adicional de entre 60 y 80 euros.

Estas 3 bonificaciones se aplicarán mensualmente durante toda la vigencia del contrato. No exige mantenimiento del nivel de empleo.

Una vez finalizado el contrato, la empresa puede transformarlo en indefinido y recibir 1.500 euros durante 3 años (1.800 euros, si es mujer).

Y ahora, si el trabajador/a está inscrito en Garantía Juvenil y realizas la transformación de un contrato de formación en alternancia beneficiario de la ayuda de acompañamiento de Garantía Juvenil esta cantidad se puede incrementar hasta por 4.800 euros anuales en bonificaciones.

Este límite no se aplica para personas con discapacidad reconocida.

Tampoco se exige este requisito de edad cuando se trata de personas que se encuentran en situación de exclusión social y sean contratadas por empresas de inserción activas en el registro administrativo correspondiente.

Además, la persona trabajadora debe estar inscrita como demandante de empleo, al menos 1 día (para poder acceder a las bonificaciones de los seguros sociales) y no tener la titulación oficial requerida para realizar el puesto de trabajo en cuestión.

  • Duración: de 3 meses a 2 años.
  • Periodo de prueba: No hay período de prueba.
  • Jornada: se dividirá en un 65% de trabajo y 35% de formación durante el primer año. Y en un 85% de trabajo y 15% de formación durante el segundo año.

Importante: debe asegurarte de que la empresa se encuentra al corriente con sus pagos a Hacienda o Seguridad Social.

Si el empresario incumple la promesa de mantener al trabajador en plantilla, este pierde el derecho a la bonificación de la que venía disfrutando, pero además queda obligado a devolver el dinero recibido, más “un recargo y de los intereses de demora correspondientes”

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