REGULARIZACIÓN EXTRAORDINARIA DE INMIGRANTES 2026

Fase 1: Diagnóstico y Selección del Procedimiento

El primer paso es identificar la vía de entrada según la situación administrativa del solicitante a fecha 31 de diciembre de 2025.

Caso A: Solicitantes de Asilo (Formulario EX-31)

Dirigido a quienes presentaron o registraron su solicitud de protección internacional antes del 1 de enero de 2026.

  • Documentación específica: Resguardo de asilo («tarjeta roja«), manifiesto de voluntad o justificante de cita previa registrada.
  • Ventaja: No requiere acreditar trabajo, familia ni vulnerabilidad.

Caso B: Vía General / Situación Irregular (Formulario EX-32)

Para quienes llegaron antes del 1 de enero de 2026 y no han solicitado asilo. Deben cumplir al menos uno de estos supuestos:

  1. Vía Laboral: Contrato actual, oferta de empleo (>90 días) o haber trabajado previamente en España.
  2. Vía Familiar: Convivencia con hijos menores escolarizados, hijos mayores con discapacidad o ascendientes de primer grado.
  3. Vía de Vulnerabilidad: Solo si no se cumplen las anteriores, se requiere el Informe de Vulnerabilidad.

Fase 2: Preparación Documental (Checklist)

Para que el Ministerio apruebe el expediente, se debe aportar la siguiente documentación escaneada:

  • Identidad: Copia completa del pasaporte, título de viaje o cédula de inscripción (se acepta si está caducado).
  • Permanencia (5 meses): Pruebas fechadas que demuestren estancia ininterrumpida antes de la solicitud (padrón, historial médico, facturas o abonos de transporte nominativos).
  • Antecedentes Penales: Certificado del país de origen y países de residencia de los últimos 5 años, apostillado y traducido por traductor jurado.
  • Tasa Administrativa (Modelo 052): El importe es de 38,28 €.
    • Nota sobre el NIE: Si no tiene NIE, presente el expediente sin la tasa. Tras la admisión a trámite, la Administración le asignará un NIE y tendrá 10 días para pagarla y remitirla.
  • Documentación de Hijos:
    • Certificado de nacimiento apostillado.
    • Certificado de escolarización (obligatorio para menores de 6 a 16 años).
    • Si un progenitor está ausente, poder notarial legalizado autorizando la residencia del menor.
    • Beneficio: Los menores obtendrán un permiso de 5 años.

Fase 3: Presentación del Expediente en Castellón

El plazo finaliza el 30 de junio de 2026.

  1. Vía Telemática (Preferente): A través de la plataforma MERCURIO las 24 horas del día. Esta vía es la más rápida para obtener el permiso provisional de trabajo.
  2. Vía Presencial (Cita Previa Obligatoria): Se puede solicitar en el teléfono 060 o en la web del Ministerio.
    • Puntos en Castellón: Oficinas de la Seguridad Social, Oficinas de Extranjería y oficinas de Correos (al ser Castellón de la Plana capital de provincia y ciudad de más de 50.000 habitantes).

Fase 4: Informe de Vulnerabilidad en Castellón

Si su vía es la EX-32 por vulnerabilidad, debe solicitar el informe en:

  • Servicios Sociales Municipales: Ayuntamiento de Castellón (Bienestar Social).
  • Entidades RECEX en la provincia:
    • CDR Alt Maestrat (Centre de Desenvolupament Rural): Consultar ubicación.
    • Entidades Nacionales: CEAR o Cruz Roja (esta última emite un documento «hace constar» de vinculación).

Fase 5: Tras la Aprobación y Pasos Finales

  1. Autorización Provisional: Desde la comunicación de inicio del procedimiento (no el resguardo de envío), ya queda autorizado para residir y trabajar en cualquier sector.
  2. Resolución Favorable: La Administración tiene un máximo de 3 meses para resolver.
  3. Obtención de la TIE: Tras la resolución, tiene un mes para pedir cita en la Policía Nacional para huellas y expedición de la tarjeta.
    • Importante: Los solicitantes de asilo (EX-31) deberán presentar el resguardo de desistimiento/renuncia a su petición de protección internacional en este momento.

En Aserem.es podemos ayudarle para que su expediente se presente de forma impecable y pueda obtener favorablemente su permiso. Debido a la complejidad técnica, se atenderá exclusivamente con cita previa. El importe de la consulta de la visita se tendrá como anticipo de los honorarios profesionales en el momento en que se formalice la presentación del expediente. Si busca solo información gratuita, le recordamos que dispone de los canales de la Administración Pública (teléfono 060).

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