Esta convocatoria tiene como objetivo principal la promoción de la seguridad y salud en el trabajo, centrándose especialmente en mejorar las condiciones de las pequeñas empresas y de las personas trabajadoras autónomas.
Características principales
- Régimen: Concesión en concurrencia competitiva.
- Financiación: Las ayudas se financian con cargo al Fondo de Contingencias Profesionales de la Seguridad Social.
- Ámbito Geográfico: Todo el territorio nacional.
- Tipos de acciones subvencionables:
- Información: Difusión de principios preventivos y normas.
- Asistencia técnica: Estudios y resolución de problemas prácticos en la aplicación de la normativa.
- Formación: Diseño de métodos y programas formativos para sectores específicos.
- Promoción del cumplimiento: Fomento del conocimiento de las disposiciones legales entre empresarios y trabajadores.
Requisitos para los beneficiarios
Podrán acceder a estas ayudas las organizaciones empresariales y sindicales representativas, así como fundaciones o entidades constituidas por estas. Los requisitos incluyen:
- Tener sede en España y estar legalmente constituidas e inscritas.
- Contar con un ámbito de representatividad acorde a las acciones propuestas.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Disponer de solvencia técnica, profesional y económica para ejecutar el proyecto.
- No haber sido sancionado ni incurrir en prohibiciones legales para recibir subvenciones.
Preguntas Frecuentes (FAQs)
- ¿Qué se considera una «pequeña empresa»? Aquella cuya plantilla sea menor de cincuenta personas trabajadoras.
- ¿Son compatibles con otras ayudas? Sí, siempre que la suma de todas las ayudas no supere el coste total de la actividad.
- ¿Se pueden subcontratar las actividades? Sí, hasta un límite del 50% de la cuantía asignada, con requisitos específicos de memoria explicativa y contratos formalizados por escrito en ciertos casos.
- ¿Cómo se presentan las solicitudes? Exclusivamente de forma electrónica a través del portal de la FEPRL.
- ¿Hay pagos anticipados? Sí, se puede solicitar un anticipo de hasta el 50% del importe concedido tras aceptar la subvención.
Enlaces de interés
- Acceso al BOE: Orden TES/237/2026, de 10 de marzo (Documento oficial con las bases reguladoras).
- Presentación y Sede Electrónica: Portal de la Fundación Estatal para la Prevención de Riesgos Laborales (FEPRL).
Conclusión
Esta subvención representa una oportunidad clave para que las organizaciones sectoriales impulsen la cultura preventiva en el tejido empresarial español. Al priorizar la integración de la prevención en las pequeñas empresas y abordar riesgos emergentes derivados de cambios demográficos o climáticos, se busca reducir de manera efectiva la siniestralidad laboral y mejorar el bienestar de todos los trabajadores


