La Sentencia del Tribunal Supremo n.º 402/2025, dictada el 7 de mayo de 2025 (Recurso 2124/2024), representa un hito en la interpretación del equilibrio entre la libertad sindical y las facultades de control empresarial. En ella, el Supremo admite como lícita la prueba obtenida mediante vigilancia de detectives cuando existen sospechas razonables de abuso en el uso del crédito horario sindical.

El caso concreto

El trabajador despedido, delegado sindical en Industrias La Peña SAU, fue investigado mediante detectives por presunto uso indebido de las horas sindicales. La empresa alegaba que las utilizaba para fines personales. En primera instancia y en el TSJ del País Vasco, el despido fue declarado nulo por entender que la vigilancia vulneraba su libertad sindical.

La doctrina del Supremo

Sin embargo, el Tribunal Supremo estima el recurso de la empresa, anula la nulidad del despido y ordena devolver el caso al juzgado de origen para que valore el fondo de la cuestión teniendo en cuenta que:

  • La vigilancia fue puntual, limitada a 4 días concretos y sin invadir la intimidad del trabajador.
  • La empresa tenía sospechas fundadas.
  • Se respetaron los principios de proporcionalidad, necesidad e idoneidad.

El Supremo recuerda que la representación sindical goza de presunción de buena fe, pero esta puede ser destruida con pruebas válidas. El control empresarial no puede suponer vigilancia generalizada ni afectar derechos fundamentales, pero sí es legítimo cuando hay indicios serios.

Importancia de la sentencia

Esta decisión unifica doctrina frente a sentencias contradictorias previas (como la del TSJ de Murcia de 2010), y refuerza el derecho del empresario a verificar el correcto uso del crédito sindical, sin que esto se entienda automáticamente como vulneración de derechos fundamentales.

Conclusión

La STS 402/2025 delimita claramente que el uso de detectives es válido cuando no invade la intimidad y se basa en sospechas justificadas. Un paso importante para garantizar la transparencia y responsabilidad en el ejercicio sindical, y una herramienta legal más para que las empresas puedan actuar ante posibles abusos.

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