Tras la finalización del plazo para presentar la declaración de la RENTA, todos los autónomos les calcula la Seguridad Social y les reclamará el pago, o les abonará, las cuotas que abonaron el año pasado.
Después de la entrada en vigor del nuevo sistema de cotización por ingresos reales, los autónomos deben pagar, desde 2023, las cuotas a la Seguridad Social que les correspondan, dependiendo de los tramos de ingresos que especificó el Gobierno en el real decreto que regula el sistema.
La Tesorería de la Seguridad Social procederá a cruzar los datos con Hacienda para regularizar esta situación. En algunos casos, el resultado de esta regularización será a devolver, mientras que en otros los autónomos tendrán que pagar las cantidades que no abonaron en 2023.
Según el resultado de su declaración de la RENTA, en el que se muestra el rendimiento neto que obtuvieron el año pasado. Para ello, dependiendo de si tributaron por estimación directa o en módulos, deberán revisar las siguientes casillas del borrador presentado, como se muestra en la siguiente imagen:

A continuación, ellos mismos podrían cruzar el resultado de su declaración con la tabla de cotización del año pasado, en la que se establecen las cuotas que deberían haber pagado a la Seguridad Social en función de los rendimientos netos que obtuvieron por su actividad. Son las siguientes:

Según el nuevo sistema de cotización por ingresos reales, para saber si Seguridad Social les enviará una comunicación tras la regularización, en la que podrían darse tres escenarios posibles:
- Por un lado, que estuvieran pagando las cuotas correspondientes según sus ingresos, en cuyo caso no tendrían que hacer nada.
- Resultado a pagar: Seguridad Social exigirá a los autónomos la diferencia entre las cuotas que pagaron y las que les correspondían en realidad. Aunque la Tesorería todavía no ha establecido los plazos, como contó este diario hace unos días, los graduados sociales previeron que tendrán 30 días para hacer el ingreso.
- Resultado a devolver: Si los autónomos pagaron de más, Seguridad Social tiene de plazo hasta el 30 de abril del próximo año para abonar estas cantidades. Sin embargo, el decreto que regula el nuevo sistema de cotización por ingresos reales recoge que estos autónomos podrán renunciar a la devolución para, por ejemplo, mantener sus pensiones y prestaciones.
Poniendo un ejemplo, en el caso de un autónomo que haya declarado en la RENTA unos rendimientos netos de 3.200 euros al mes, su base mínima de cotización el año pasado fue de 1.209,15 euros al mes, resultando una cuota de 370 euros. Si cotizó en el tramo inmediatamente anterior, pagó 350 euros al mes, por lo que Seguridad Social le exigirá el abono de las diferencias a partir de otoño. En este caso, 240 euros.
En el caso contrario, si cotizó en el tramo inmediatamente superior, al que corresponde una cuota de 390 euros al mes, pagó 20 euros de más, por lo que Seguridad Social debería devolverle 240 euros de oficio. Aunque, después de la comunicación, este autónomo podría renunciar a dicho abono, por lo que seguiría cotizando por una base superior.

