Despido improcedente: derecho de opción ex art. 56 ET; la opción por la indemnización debe manifestarse de manera expresa; el ingreso de la indemnización en la cuenta de consignaciones no supone el ejercicio de la opción
La cuestión litigiosa ha sido resuelta por esta Sala, entre otras, en la STS/IV de 4 de febrero de 2020 (rec. 1788/2017), en el sentido de la sentencia de contraste, al afirmar que no cabe que esa declaración de voluntad sea tácita, sino que ha de ser necesariamente expresa, inequívoca, clara y concluyente, sin admitir…




