Reducción complemento salarial

Incumplimiento empresarial

¿Puede reducir un complemento salarial?

Tras una sucesión de empresa, reducir a la mitad un complemento salarial que venían percibiendo los trabajadores es un incumplimiento empresarial.

Este impago de salario está tipificado como una infracción muy grave y usted podría ser sancionado con multa de a partir de 7.500 euros.

Dicho impago permitiría al trabajador extinguir el contrato de trabajo siempre que así lo valide un Juzgado de lo Social y recibir la indemnización prevista para el despido improcedente.

Ello sucede cuando existe impago durante más de 3 meses consecutivos o en caso de requerimientos previos de la Inspección.

Reclamación

Por ejemplo, si usted no abonó un complemento salarial a partir de 2013, cualquier trabajador que haya mantenido vigente su contrato de trabajo podrá reclamar el reconocimiento a futuro de dicho complemento, pero sólo podrá recuperar la parte que haya dejado de percibir en el último año. En la actualidad aún se siguen resolviendo casos en los que los hechos se produjeron cuando todavía no se había incluido la cuantía salarial como una de las materias cuya alteración constituye una modificación sustancial de las condiciones de trabajo.

Excepción. Los Tribunales han considerado que se produce un impago, y no una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, si concurren los siguientes motivos:

La empresa no alega ninguna causa económica, técnica, organizativa o de producción.
La empresa no sigue el procedimiento legalmente establecido.
La empresa no notifica su decisión a los trabajadores con el plazo de 15 días exigido por el Estatuto de los Trabajadores.

Puede realizar una reducción salarial a través de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, siempre y cuando respete el procedimiento establecido en el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores.

Artículo 41 Estatuto de los Trabajadores

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