arreglar papeles del paro

PARO DE AUTONOMOS EN MARZO PARA LOS QUE PIDIERON AYUDAS COVIT

En marzo se cumplirá un año desde que desaparecieron las últimas prestaciones extraordinarias por cese de actividad a raíz del COVID. En poco más de un mes se cumplirá un año desde que desaparecieron definitivamente todas las prestaciones extraordinarias por cese de actividad de las que se estaban beneficiando todavía miles de autónomos a causa de las dificultades generadas por la crisis del coronavirus. Ahora, con el nuevo sistema de cotización por ingresos reales no sólo han entrado en vigor distintos cambios sobre las cuotas o bases de cotización que tendrán los autónomos en 2023, sino que también se han creado nuevas modalidades de «paro» -cese de actividad ordinario-, a las que se espera que sea más fácil acceder que hasta ahora.

¿Cuántos meses de cotización hacen falta para cobrar las nuevas modalidades de cese de actividad ordinario en 2023?

Aunque haga sólo doce meses que terminaron las prestaciones extraordinarias, es posible que muchos autónomos no tengan sólo un año de cotización por cese de actividad acumulado, sino más.

Supuestos en los que los autónomos pueden acceder al cese:

  • Cese de actividad por reducción de jornada (si tienen empleados).
En este caso, la fecha de efectos será el primer día del mes siguiente a la comunicación a la autoridad laboral.
  • Cese de actividad por mantenimiento de deudas (si no tienen empleados).
  • Por fuerza mayor.
Ahora mismo, existe la posibilidad de que los autónomos pudieran acceder a un cese de actividad por causas de fuerza mayor sin necesidad de darse de baja.
  • Por pérdida de la licencia administrativa.
Siempre que la misma constituya un requisito para el ejercicio de la actividad económica o profesional y no venga motivada por la comisión de infracciones penales.
  • Por divorcio o separación matrimonial.
Por divorcio o separación matrimonial, mediante resolución judicial, en los supuestos en que el autónomo ejerciera funciones de ayuda familiar en el negocio de su excónyuge o de la persona de la que se ha separado, en función de las cuales estaba incluido en el correspondiente Régimen de la Seguridad Social.

¿Cuánto cobran los autónomos en cada una de las modalidades?

Los autónomos podrán cobrar más o menos al acceder al cese de actividad, dependiendo del supuesto por el que causen derecho a la prestación. Además, podrán estar exonerados de un 50% de su cuota si mantuvieran abierto el negocio, o del 100% si accedieran a alguna de las modalidades que obligan a cerrar la actividad. En el caso de acceder a alguno de los dos nuevos supuestos por cese de actividad para autónomos con deudas o que hayan reducido su plantilla, los trabajadores por cuenta propia cobrarían un 50% de su base de cotización y pagarían sólo la mitad de su cuota. Estas mismas condiciones se aplicarían para el cese por fuerza mayor.

Sin embargo, si accedieran al cese a través de los tres antiguos motivos por causas económicas, los trabajadores por cuenta propia no tendrían que pagar cuota y percibirían un 70% de su base de cotización -un mínimo de 665 euros-. Además, la mutua se hará cargo de la mitad de su cuota.

https://www.sepe.es/HomeSepe/autonomos/prestaciones-para-emprendedores-y-autonomos.html

PARO AUTONOMOS MARZO

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