Registro Retributivo: ¿Por qué es importante la igualdad salarial en las empresas?

 

¡Ya se puede inscribir un Plan de Igualdad sin la intervención de los sindicatos!

En este artículo hablaremos sobre cómo hacer y registrar un plan de igualdad en tu empresa, según el Real Decreto 901/2020. Además, recientemente se ha publicado en el BOE la Resolución de 16 de marzo de 2023, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se crea el Registro de Planes de Igualdad de las Administraciones Públicas y sus protocolos frente al acoso sexual y por razón de sexo.

Registrar un plan de igualdad en tu empresa, según el Real Decreto 901/2020.

Se ha publicado en el BOE la Resolución de 16 de marzo de 2023, de la Secretaria de Estado de Función Pública, por la que se crea el Registro de Planes de Igualdad de las Administraciones Públicas y sus protocolos frente al acoso sexual y por razón de sexo.

Es importante mencionar que no disponer de un Plan de Igualdad podrá ser objeto de sanciones que podrán oscilar entre los 626 y 225.018 €, en función de la gravedad de los hechos, como veremos más adelante. Todas las empresas con 50 o más personas trabajadoras están obligadas a tener un Plan de Igualdad desde marzo de 2022.

¿Puede hacerse un Plan de Igualdad sin la intervención de los sindicatos?

¡La respuesta es sí! Según la sentencia 180/2023 del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, los planes de igualdad son válidos aunque no hayan sido negociados con los sindicatos.

Esto es especialmente útil en casos en los que los sindicatos no responden a las peticiones de reunión de la empresa. De esta manera, las empresas pueden cumplir con su obligación de inscribir el Plan de Igualdad sin depender de los sindicatos.

La sentencia se basa en el caso de un gimnasio que, tras realizar comunicaciones a los sindicatos más representativos de su sector para que designaran a las personas que iban a formar la comisión negociadora, no obtuvo respuesta a tiempo.
En consecuencia, el gimnasio registró su Plan de Igualdad, siendo considerado válido y aceptado por el TSJ.

El TSJ de Andalucía indica que la empresa no estaba obligada a remitir requerimiento a los sindicatos hasta que estos admitiesen formar parte de la comisión. No hay previsión legal ni reglamentaria que indique dicha acción.

Con esta sentencia, se facilita el proceso de implementación del Plan de Igualdad para las empresas, permitiéndoles continuar con la tramitación y aprobación del Plan de Igualdad aunque los sindicatos no hayan respondido a su solicitud.

Otra novedad, tal y como mencionábamos al inicio, es que el Ministerio de Hacienda y Función Pública va a poner en marcha un Registro de Planes de igualdad y de Protocolos frente al acoso sexual para las Administraciones Públicas.

Hay que destacar que las comunidades autónomas comenzaron en el año 2022 a dar prioridad a las empresas que tuviesen un Plan de Igualdad y empezaron a vetar a las compañías que aún no lo tenían. Esta iniciativa continúa y seguirá desarrollándose a lo largo de este 2023.

Tampoco podrían conceder subvenciones a personas físicas y jurídicas que hayan sido sancionadas administrativa o penalmente por incurrir en discriminación por razón de sexo o por incumplimiento de la normativa en materia de igualdad de mujeres y hombres.

Y no pueden recibir ayudas o subvenciones las empresas que, debiendo tener un Plan de Igualdad no lo tengan, ni las empresas de más de 50 personas trabajadoras que no acrediten haber establecido medidas para prevenir y combatir el acoso sexual o acoso por razón de sexo.

Además, el artículo 7 del RD 902/2020 exige que se aporte una auditoría retributiva dentro del Plan de Igualdad previa a la negociación, convirtiéndose en una nueva obligación.

En conclusión, tener un Plan de Igualdad es una obligación legal para las empresas con 50 o más personas trabajadoras y su incumplimiento puede acarrear sanciones económicas.

Además, es importante tener en cuenta las iniciativas de las comunidades autónomas que dan prioridad a las empresas con Plan de Igualdad y la creación del Registro de Planes de Igualdad y Protocolos frente al acoso sexual en las Administraciones Públicas.

Finalmente, la auditoría retributiva se convierte en una nueva obligación a incluir en el Plan de Igualdad.

¡Ya se puede inscribir un Plan de Igualdad sin la intervención de los sindicatos!

¡La respuesta es sí!

 

Deja una respuesta

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.