Programa de Innovación de PYME (INNOVA-CV) 2023
OBJETO
Realización de proyectos innovadores que redunden en una mayor competitividad de las empresas y que tengan resultados tangibles al final del plazo de ejecución del proyecto.
Los proyectos de innovación podrán desarrollarse en tres actuaciones:
- desarrollo de nuevos productos (INNOVAProD-CV);
- puesta en marcha o readaptación de procesos mediante la aplicación de metodologías de mejora continua y con criterios de ecoeficiencia (INNOVAProC-CV);
- desarrollo de soluciones TEICs innovadoras que no supongan desarrollos a medida (INNOVATeiC-CV).
* ACTUACIONES APOYABLES
Los proyectos deberán poderse encuadrar en alguna de las siguientes actuaciones apoyables: INNOVAProD-CV — Innovación de producto.
Proyectos que tengan como objetivo el desarrollo y fabricación de nuevos productos o una mejora significativa de los ya fabricados por la empresa solicitante.
Un producto tendrá la consideración de nuevo o mejorado, cuando suponga una modificación significativa en sus características o en el uso a que se destina.
Incluye las mejoras significativas de especificaciones técnicas, de componentes y materiales, de programas informáticos integrados, del diseño, de la facilidad de uso u otras características funcionales.
El resultado final del proyecto apoyable deberá concretarse en la fabricación del producto o en la obtención de un prototipo probado en un entorno real. INNOVAProC-CV — Innovación de proceso.
Proyectos consistentes en la realización de acciones de alguna de estas tipologías:
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a) Readaptación de procesos mediante la aplicación de metodologías de mejora continua.
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b) Puesta en marcha de, nuevos o significativamente mejorados, métodos o técnicas de producción ecoeficientes de la empresa que contribuyan de forma sustancial a la transición hacia una economía circular mediante la sostenibilidad y circularidad de los procesos industriales que correspondan a alguna de las siguientes categorías de actuación: – Reducción del consumo de materias primas vírgenes.
– Obtención de productos y servicios basados en el ecodiseño.
– Soluciones tecnológicas ecoinnovadoras circulares orientadas a la mejora de la gestión de residuos. INNOVATeiC-CV — Innovación soluciones TEICs.
Proyectos que tengan como objetivo el desarrollo de soluciones innovadoras en el ámbito de las tecnologías de la información, de la electrónica y de las comunicaciones, cuya aplicación pueda extenderse a diversos usuarios y no se trate, por tanto, de soluciones a medida.
El resultado final del proyecto deberá concretarse en nuevas aplicaciones, dispositivos o, soluciones, preparadas para su comercialización a terceros. Se admitirán nuevas versiones de aplicaciones, dispositivos y soluciones existentes, siempre que incorporen nuevas funcionalidades con respecto a versiones anteriores de las mismas. Sólo podrá presentarse un proyecto por empresa en esta actuación.
* COSTES SUBVENCIONABLES INNOVAProD-CV
— Innovación de producto:
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a) Servicios de consultoría y asistencia técnica para el desarrollo, la mejora de características y puesta en producción de nuevos productos: ingeniería, consultoría técnica, contratación con centros de investigación, diseño, contratación de servicios de laboratorios de ensayo incluidos los necesarios para marcado CE u otras formas de homologación o normalización de productos. La existencia de este tipo de gastos es requisito para que el proyecto se apruebe:
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– Deberá ser como mínimo la menor de las siguientes cantidades: un 10 % del coste subvencionable total o 20.000 euros. – Para proyectos que deriven directamente de proyectos de I+D, no se establece un mínimo, pero será imprescindible la contratación de algún servicio de consultoría o asistencia técnica de las características previstas.
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b) Registro de patentes, marcas, modelos de utilidad y diseños industriales, marcado CE u otras formas de homologación o normalización de productos. Únicamente serán elegibles los gastos relacionados con la ejecución del proyecto.
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c) Adquisición de activos inmateriales: patentes, licencias, know-how o software relacionado con los nuevos productos.
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d) Personal propio: gastos de personal técnico que participe en el proyecto. El importe máximo admisible en este concepto será 40.000 euros.
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e) Adquisición de activos materiales: adquisición -o adaptación- y puesta en marcha de bienes de equipo, moldes y matrices, necesariamente relacionados con la puesta en producción de nuevos productos acordes a la convocatoria, y de bienes de equipo, servicios y suministros materiales necesarios para la elaboración de un prototipo verificable de la solución desarrollada.
INNOVAProC-CV
— Innovación de proceso
a) Servicios de consultoría y asistencia técnica para implantación de medidas. La existencia de este tipo de gastos es requisito para que el proyecto se apruebe:
– Para readaptación de procesos mediante la aplicación de metodologías de mejora continua, deberá ser como mínimo la menor de las siguientes cantidades: un 10 % del coste subvencionable total o 20.000 euros.
– Para proyectos de puesta en marcha de, nuevos o significativamente mejorados, métodos o técnicas de producción ecoeficientes, no se exige porcentaje mínimo de estos gastos, pero será imprescindible la contratación de algún servicio de consultoría o asistencia técnica de las características previstas en la convocatoria.
b) Adquisición de activos inmateriales.
Software de control, captación de datos, indicadores y cuadros de mando relacionados con el desarrollo del proyecto y software relacionado con la implantación de nuevos procesos.
c) Personal propio: gastos de personal técnico que participe en el proyecto. El importe máximo admisible en este concepto será 40.000 euros.
d) Adquisición de activos materiales. Para el desarrollo de un proyecto de mejora continua serán elegibles inversiones en sensorización y automatización, y comunicaciones para el control de la producción, así como la adaptación de los equipos productivos necesarios.
Para proyectos de readaptación de procesos, métodos o técnicas de producción con criterios de ecoeficiencia, serán elegibles la adquisición -o adaptación- y puesta en marcha de bienes de equipo necesariamente relacionados con la implantación de los nuevos procesos, métodos o técnicas de producción acordes a la convocatoria, así como los servicios y suministros materiales para disponer de un proceso verificable de la solución desarrollada. No será elegible en esta tipología de costes la adquisición de hardware ni inversiones en prototipos.
INNOVATeiC
— Innovación en TEICs.
a) Servicios de asistencia técnica, consultoría y equivalentes, para el desarrollo de las nuevas soluciones.
b) Registro de derechos de propiedad industrial, otros registros y homologaciones. Únicamente serán elegibles los gastos relacionados con la ejecución del proyecto.
c) Activos inmateriales. Patentes, licencias, know-how o adquisición de licencias de software necesarias para ser integradas en el producto final. d) Personal propio: gastos de personal técnico que participe en el proyecto. El importe máximo admisible en este concepto será 100.000 euros
c) Activos materiales. Componentes necesarios para el desarrollo de un prototipo verificable cuando el proyecto así lo exija y que queden integrados en el prototipo.
REQUISITOS GENERALES DE LOS PROYECTOS
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· Los proyectos deberán iniciarse con posterioridad al 1 de enero de 2023, y no deberán haber concluido materialmente ni haberse ejecutado íntegramente antes de que se presente la solicitud.
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· Los resultados de los proyectos deberán tener impacto tangible en la Comunitat Valenciana.
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· Los costes asociados al proyecto no podrán recibir simultáneamente ayudas en el marco de esta convocatoria y de otras procedentes de esta u otra administración o ente público. · Presupuesto subvencionable del proyecto igual o superior a 15.000 euros.
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· El proyecto debe esta encuadrado en alguno de los entornos de especialización contemplados para el IVACE en el ámbito de la I+D e innovación empresarial de la Estrategia de Especialización Inteligente de la Comunitat Valenciana (S3 CV)
INTERESADOS
Podrán acogerse a estas ayudas las PYME con sede social y establecimiento de producción ubicado en la Comunitat Valenciana en el momento de la solicitud, excepto las que desarrollen actividades financieras o inmobiliarias, y que cumplan ademas con los requisitos que a continuación se detallan según la actuación a la que concurran:
- · INNOVAProD: desarrollar actividades encuadradas en alguno de los epígrafes de la sección C-Divisiones 10 a 33 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009) y contar con al menos dos personas como personal propio que sean trabajadoras por cuenta ajena o cooperativistas, consignadas en el recibo de liquidación de cotizaciones de la Seguridad Social correspondiente al segundo mes anterior a la fecha de solicitud de ayuda.
- · INNOVAProC: desarrollar actividades encuadradas en la sección C – Divisiones 10 a 33-, o Sección H – Divisiones 49 a 52, siempre que las actividades de transporte y almacenamiento sean referidas a mercancías, de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009) y contar con al menos dos personas como personal propio que sean trabajadoras por cuenta ajena o cooperativistas, consignadas en el recibo de liquidación de cotizaciones de la Seguridad Social correspondiente al segundo mes anterior a la fecha de solicitud de ayuda.
- · INNOVATeiC: Desarrollar actividades encuadradas en alguno de los epígrafes de la sección C-Divisiones 26 a 30-, o Sección J – CNAE 5821, 5829, 6311, 6312 y Divisiones 61 a 62 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009) y contar con al menos dos personas como personal propio que sean trabajadoras por cuenta ajena o cooperativistas, consignadas en el recibo de liquidación de cotizaciones de la Seguridad Social correspondiente al segundo mes anterior a la fecha de solicitud de ayuda.
- Ver Resolución de 21 de febrero (convocatoria)
- Ver Orden 27/2016 de 25 de noviembre de 2016 (bases reguladoras)
- Ver ORDEN 17/2018, de 23 de octubre (modificación bases)
- Ver Corrección de errores de la Orden 17/2018, de 23 de octubre